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Proponen pedir 5 años en el Padrón para facilitar volver a docentes

Los sindicatos plantean que se exija un lustro empadronados en la ciudad a los maestros y profesores con plaza en otras regiones que deseen retornar

La Dirección Provincial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Junta de Personal Docente No Universitario están negociando cómo incluir algún tipo de pasarela en la concesión de Comisiones de Servicios para el próximo curso que facilite el retorno cuanto antes de los docentes caballas que han obtenido plaza en otras comunidades en las oposiciones de estabilización de 2023 o 2024.

El objetivo es facilitar el regreso a la ciudad de los maestros y profesores con arraigo en Ceuta que han conseguido plaza en otras regiones en los procesos ordinarios o extraordinarios de estabilización del año pasado y el corriente ejercicio sin tener que esperar a la convocatoria de otro Concurso de Traslados a nivel estatal con los requisitos que suele incluir, como llevar dos años en un destino definitivo.

La Junta de Personal Docente ha acordado proponer al ministerio que reclame acreditar haber estado empadronados los últimos cinco años en la ciudad a los docentes que ya estén fuera tras haber obtenido plaza en las oposiciones ordinaria y extraordinaria de estabilización de 2023 para profesores o en las de 2024 para maestros.

En cualquier caso la aplicación efectiva de esta voluntad quedaría sometida a que las administraciones de destino actual diesen su visto bueno a la salida hacia Ceuta de esos docentes con Comisiones de Servicios.

La Subdirección General de Personal del ministerio ha concedido para este año académico 2023-2024 en Ceuta un total de 34 Comisiones de Servicios a las que se podía optar por atención al servicio educativo, por situaciones especiales del profesorado (cuidado de allegados, reagrupamiento familiar, violencia de género...) u otras necesidades apreciadas por la Dirección Provincial.

Las Comisiones de Servicios son una forma de provisión configurada legalmente como “excepcional” para funcionarios de carrera de los cuerpos docentes que establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación con los cambios introducidos por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

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