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La escolarización del próximo curso, con nueva baremación y desde el 29 de abril

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) mantendrá abierto desde el 29 de abril hasta el 13 de mayo, ambos inclusive, el plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso ordinario de escolarización para el curso 2021-2022 en Ceuta, al que deberán concurrir quienes deseen acceder por primera vez a centros de Educación Infantil (de tres a seis años) o Primaria o a institutos de Educación Secundaria Obligatoria y a cualquiera de las modalidades de Bachillerato.

También quienes deseen solicitar un IES diferente a aquel que les corresponda por adscripción única o que han obtenido por adscripción múltiple y los que deseen cambiar de centro.

En el caso del alumnado matriculado en colegios con adscripción única no será necesario que los estudiantes de 6º curso de Primaria presenten solicitud de admisión en el Instituto de Educación Secundaria que les corresponda.

Los centros solicitados como primera opción deberán baremar todas las solicitudes cuando el número de estas supere al de las vacantes con nuevos criterios.

Los prioritarios para ordenar las solicitudes seguirán asignando ocho puntos a quienes tengan hermanos matriculados en el centro preferido y cuando el domicilio familiar o el lugar de trabajo (hasta ahora eran 6) de uno cualquiera de los progenitores esté situado dentro del área de influencia de cada centro.

En caso de que el domicilio familiar o centro de trabajo se encuentre en áreas limítrofes se concederán dos puntos.

El doble, cuatro, sensiblemente más que hasta ahora, se concederán a las peticiones de familias con rentas iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI, 950 euros al mes) y dos a las de aquellas con ingresos comprendidos entre una y dos veces el SMI. Si se trata de unidades perceptoras de la Renta Mínima de Inserción se asignarán seis puntos.

Se darán 8 puntos por hermanos matriculados y casa u oficina en el área de influencia

Entre los criterios complementarios se encuentra ahora (ya no es prioritario) tener padres, madres o tutores legales trabajando en el centro solicitado (4 puntos) y acreditar discapacidad superior al 33% en el alumno (2) o en familiares de primer grado (1).

La condición de familia numerosa de carácter especial generará 2 puntos (uno si es de carácter general) y un punto se concederá también si se acredita un traslado de la unidad familiar debido a movilidad forzosa, discapacidad sobrevenida en el último año de cualquiera de los miembros de la familia o cambio de residencia derivado de actos de violencia de género, una de las novedades introducidas por la LOMLOE.

Los solicitudes de familias monoparentales recibirán un punto, como si se trata de deportistas de alto rendimiento (dos si lo son de alto nivel) y uno por hermano se concederá igualmente para niños de partos múltiples.

Las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicarán en los centros el 31 de mayo

El MEFP mantiene la concesión de un punto si se da alguna de estas tres circunstancias: que haya tenido padres o hermanos estudiando en el centro solicitado; que haya estado matriculado previamente en él; o que trabajen en el centro “familiares del alumno hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad”.

Los empates que en su caso se produzcan, se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se produzca el desempate, los criterios prioritarios y complementarios por el orden en que aparecen en el baremo.

De mantenerse el empate se recurrirá a la asignación “por sorteo público ante el Consejo Escolar del centro”.

Todas las solicitudes de plaza escolar que finalmente no puedan ser atendidas por los centros serán enviadas, una vez publicadas las listas definitivas de admisión en el centro (el 31 de mayo), a las Comisión de Garantía de Admisión para la adjudicación de plaza escolar en otro centro público o privado concertado en el que existan vacantes para el nivel educativo solicitado.

La flexibilización para entrar en un curso inferior al correspondiente por edad se realizará cuando se acceda por primera vez a Infantil en caso prematuridad extrema.

Domicilio, con empadronamiento o certificado de servicios sociales

“Dada la condición de ciudades fronterizas” y “a los solos efectos de asegurar el carácter prestacional del derecho fundamental a la educación”, los solicitantes de plaza escolar deberán acreditar la residencia efectiva tanto en Ceuta como en Melilla, “de modo general” a través del empadronamiento (con DNI coincidente en domicilio) en el que figure el menor y su padre, madre o representantes que ostenten la patria potestad. En caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial, se considerará el progenitor que tengan atribuida la custodia. En su defecto, se podrá acreditar “a través de certificado expedido por los servicios sociales o aquel otro documento acordado por los órganos competentes en admisión de alumnos”.

Las claves

Baremación

Cambios más relevantes.

El nuevo baremo ya no considera como criterio prioritario que alguno de los padres del alumno a escolarizar esté trabajando en el centro preferido por la familia y el peso de esa circunstancia se ha rebajado de 8 a 4 puntos. El peso de que el lugar de trabajo de alguno de los progenitores esté en el área de influencia del centro ha pasado de 6 a 8, equiparándolo a que lo esté el domicilio familiar. La ponderación de las solicitudes de rentas bajas podrá llegar hasta 6 puntos cuando hasta ahora no podía superar uno.

Pandemia

COVID-19.

Las instrucciones de la Resolución publicada por el MEFP podrán “adaptarse” a “las circunstancias extraordinarias que puedan devenir de la situación de pandemia mundial provocada por la COVID-19, siempre en coordinación con las autoridades sanitarias y de acuerdo a las medidas generales que sean acordadas para el ámbito educativo”.

Equidad

Alumnado con necesidad de apoyo.

La Dirección Provincial deberá verificar que en todos los centros sostenidos con fondos públicos se contempla una reserva de plazas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que cuente con dictamen de escolarización.

Alumnado con necesidades de apoyo específico

La Comisión de Garantía de Admisión matriculará al alumnado que presente necesidad específica de apoyo educativo que cuente con dictamen de escolarización con cargo a la reserva de plazas específicas para estos estudiantes. La persona responsable de la Orientación educativa deberá valorar “el centro que mejor se adecua a sus necesidades” y elaborar el preceptivo dictamen haciendo constar una previa audiencia e información a las familias “teniendo en cuenta la voluntad de las que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo, así como el interés superior del menor”. Ante eventuales discrepancias de criterio entre la familia del menor y la persona responsable de la Orientación educativa, se hará constar esta discrepancia en el dictamen de escolarización y la Comisión de Garantías de Admisión solicitará un segundo informe que confirme o modifique dicha propuesta a la Unidad de Coordinación de la Orientación Educativa. La escolarización del alumnado de incorporación tardía al sistema educativo también será realizada por la Comisión de Garantía de Admisión que ha pedido presidir la directora provincial, Yolanda Rodríguez.

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