Existe en las relaciones internacionales, una regla económica que dice, que: “si dos países intercambian productos comerciales, importando y exportando cada uno del otro, según sean deficitarios o excedentarios de bienes o servicios, de forma que a cada uno le sobre lo que al otro le falte, y viceversa, pues ambos países intercambiadores salen ganando.
Precisamente, por eso, ya desde el 4-04-1418, sólo poco más de dos años después de la conquista de Ceuta por Portugal, el rey lusitano, Juan I, escribía una carta al Papa Martín V solicitándole autorización para que los habitantes de Ceuta pudieran tratar y comerciar con los sarracenos, o marroquíes, en la compra y venta de toda clase de géneros, principalmente víveres y otros artículos de primera necesidad. Tal autorización papal era entonces obligada para poder comerciar con los musulmanes, porque las relaciones económicas entre éstos y los cristianos fueron totalmente prohibidas a los segundos en el tercer Concilio de Letrán del año 1179, y reiterada la prohibición en el cuarto concilio de 1215, convocado por Inocencio III.
Dicha autorización papal le fue concedida mediante la Bula “Super Gregem Dominicum”, de 3-07-1418, dada por Martín V. El rey portugués fundamentaba su petición en que, sólo un buen intercambio de la convivencia entre ambos lados de la frontera y las buenas relaciones con los vecinos de una y otra parte, podían atraerse los unos hacia los otros y esa sería la mejor forma de entenderse a través de los intercambios comerciales, que fueron autorizados por la Santa Sede a los ceutíes, con la sola excepción de aquellas mercancías o artículos que pudieran ser utilizadas con fines bélicos o estuviesen prohibidos. De hecho, incluso en momentos de beligerancia o de mucha tensión por la posesión de Ceuta, España y Marruecos vinieron manteniendo relaciones comerciales y muy rara vez las suspendieron, debido a lo útiles y provechosas que para ambas partes resultaban.
Y, si ya entonces la existencia de tales relaciones entre ambos lados se consideraba como algo estrictamente necesario y vital, en la actualidad, con las modernas relaciones e intercambios comerciales. Industriales, sociales, de márketing, publicidad, relaciones industriales y sociales de cualquier índole que nacen y fructifican entre las personas, pueblos limítrofes y sociedades, pues es por lo que hoy se hace de todo punto necesaria la existencia de una Aduana comercial entre intercambiadores de bienes y servicios, para encauzar, regular, ordenar y legitimar el comercio transfronterizo, no sólo, ya, en el “régimen aduanero de Viajeros”, que por obligación todos los países civilizados han de tener, sino también aquellos otros intercambios o envíos que constituyan “expediciones comerciales”.
Hoy en día, tales intercambios de todo ese tráfico mercantil necesitan de una Aduana comercial en sus respectivas fronteras, tal como sucede en la parte española de Ceuta y Melilla que, aunque dicho país presuma de no querer reconocer ambas ciudades como españolas por pretender anexionárselas, hoy, la carencia en la parte marroquí de una Aduana comercial en el Tarajal, con Ceuta, se considera un anacronismo, algo así como una aberración jurídica que es más propia de países tercermundistas entre los que cuesta creer que, a estas alturas, se encuentre Marruecos. Y es, también, un evidente engaño marroquí, que dura ya la friolera de 607 años, desde el año 1418 hasta 2025.
En la época anterior del llamado “comercio atípico”, que en realidad era hacer contrabando, aquellas interminables colas fronterizas de penosas, que desde el lado marroquí pugnaban por abrirse paso a codazos y empujones de toda una enorme masa humana para conseguir pasar cargados de mercancías a lo largo de la línea fronteriza, con el que traficaban, eso ya ni se ve ni sería propio de sociedades del siglo XXI, arrojando a uno y otro lado de la valla mercancías para que algún pariente o compinche que actuasen en connivencia con los porteadores pudiera recogerlas al otro lado, tal como antes en numerosas ocasiones nos han mostrado los medios.
Más, cuando existe una frontera y una actividad de tráfico mercantil legal, tales situaciones deben resolverse por una Aduana, en todo país que se precie de ser mínimamente moderno y desarrollado, mediante la instalación y establecimiento de medios aduaneros, es decir, una Aduana o punto aduanero comercial avanzado, donde todos los bienes y mercancías, constituyan o no expedición comercial, puedan ser sometidas a control aduanero, mediante la presentación de una declaración aduanera de entrada o salida, cuyo control, gestión, inspección, reconocimiento de las mercancías, su aforo, reconocimiento fitosanitario, despacho a libre plática y determinación del tipo de gravamen a aplicar a los correspondientes derechos arancelarios, es imprescindible la aduana.
Todo ello, claro está, salvo que alguno de los dos países vecinos, por motivos políticos esté interesado en mantener unilateralmente las Aduanas cerradas y los intercambios comerciales suspendidos, o bien pretenda él exportar unilateralmente las suyas, pero prohibir las del país vecino, como ocurrió últimamente cuando Marruecos, por su cuenta y riesgo y sin previo aviso, mantuvo cerrada su frontera con España cuando llevaba funcionando nada menos que desde aquel lejano año de 1418, negándose a reconocer Ceuta, Melilla y sus aguas territoriales como españolas, que todo el mundo y el Derecho Internacional reconocen como de plena soberanía española desde casi 400 años antes de que Marruecos en 1632 se constituyera en Estado independiente y soberano, que hasta entonces sólo había sido un conglomerado de kabilas en su lucha por el poder, sin autoridad central. Mientras que los ceutíes, de forma completamente voluntaria y libre, primero, votaron y, después, pidieron al rey Felipe IV, en 1656, pasar de ser portugueses a ser españoles.
Por eso, la carencia de una Aduana comercial del lado marroquí con Ceuta la deja en una situación de manifiesta injusticia, incluso a costa de incumplir caprichosamente sus propios tratados suscritos por reyes marroquíes. Así, con ello se vulneran: el Tratado de Fez de 31-07-1866, tal como corresponde a dos países vecinos, España y Marruecos, que, al menos en apariencia, se precian de mantener tan óptimas relaciones comerciales y donde uno de ellos es miembro de pleno derecho de la Unión Europea (España) y el otro (Marruecos), tiene suscrito un tratado preferencial de asociación y desarme arancelario desde 2010 con el nuestro y con la Unión Europea.
"La apertura plena de la imprescindible Aduana comercial marroquí con Ceuta, resulta de todo punto indubitado porque sería un factor dinamizador que daría una mayor racionalización y fluidez al comercio transfronterizo regulado entre ambos países"
En tales condiciones, la apertura plena de la imprescindible Aduana comercial marroquí con Ceuta, resulta de todo punto indubitado porque sería un factor dinamizador que daría una mayor racionalización y fluidez al comercio transfronterizo regulado entre ambos países; pero, sobre todo, le daría también una imagen nueva que haría desaparecer todo aquel comercio desordenado y de matute que a través de la frontera de Ceuta estábamos antes acostumbrados a ver y, máxime, habiéndose recientemente pactado entre ambos Estados y hasta jactándose de hacer declaraciones bilaterales que últimamente se han formulado sobre el mantenimiento de entrevistas, contactos y negociones hispano-marroquíes incluso a nivel gubernamental, con vistas a reanudar el tráfico mercantil de forma ordenada y legal a través de la frontera del Tarajal, cuya plena apertura, supuestamente, Marruecos estaría siendo deliberadamente retardada a su propio antojo y conveniencia política, quizá, para chantajear a España o, en todo caso, sometiéndola a engaño.
Pero la decisión de crear la Aduana comercial de Ceuta y Melilla, no es reciente, sino que viene de muy lejos. Por lo que se refiere a Melilla, quedó recogida ya en el tratado hispano-marroquí de Fez, publicado en el B.O.E. de 3-03-1867, página 2, firmado en Tánger el 31-07-1866, en cuyo artículo se disponía, entre otras cosas: “S.M. la Reina de España y S.M. el Rey de Marruecos, siendo las partes contratantes, por S.M. Católica, D. Fernando Merry y Colomy, por S.M. el Rey de Marruecos sidi Mohamed Vargas, Ministro de Negocios Extranjeros, los cuales, autorizados en debida forma, han convenido:
Artículo 1º: “S.M. el Sultán establecerá una aduana en la frontera del territorio de Melilla. Artº 2º. El lugar en que dicha aduana ha de establecerse será asignado por delegados marroquíes, de acuerdo con el Gobernador de Melilla, y en el sitio que elijan podrán los marroquíes construir las casas necesarias para la aduana, almacenes y habitación de los Administradores y empleados moros (...). Artículo 4º. Por la aduana de Melilla se “podrán importar y exportar todos los artículos de comercio que se importen y exporten por los puertos marroquíes, excepto los prohibidos”.
Y, por lo que respecta a Ceuta, ya en su día, con mis investigaciones descubrí y publiqué en El Faro de Ceuta el Convenio suscrito entre España y Marruecos, en virtud del cual, de haber existido voluntad política por parte del país vecino, ni siquiera haría falta tener que acordar de nuevo la apertura de dicha Aduana, habida cuenta de que, por el Convenio y Acta ratificadora firmados entre ambos Estados, de 12-01-1911, Marruecos se comprometió hace ya 114 años, por medio de su propio Sultán, a crear dicha Aduana comercial, que luego reiteradamente ha venido incumpliendo flagrantemente en todos sus términos. En dichos acuerdos, Marruecos se comprometía a crear un puesto aduanero comercial en su frontera con Ceuta, que se estima es de vital importancia para ambos países, toda vez que su existencia a ninguna de las dos partes habría de perjudicar y sólo beneficios para ambas vendría a reportarles y muy especialmente para Marruecos.
Sin embargo, por parte de marroquí, en ocasiones, se han formulado declaraciones, como al semanario Tel Quelque, en las que el propio Director General de Aduanas de Marruecos, Nabil Lagdar, primero, afirmó que las infraestructuras aduaneras comerciales marroquíes en la frontera del Tarajal no permitían instalar dispositivos aduaneros, porque ellos no mantenían con España ninguna aduana; todo, incluido Ceuta, era territorio marroquí; aunque, cuando se vio cazado, por la opinión internacional, se enmendó a sí mismo la plana rectificando en una nueva declaración en la que trató de hacer ver que había sido malinterpretado, y que él no se oponía al más reciente compromiso entre España-Marruecos, en el que claramente se recoge, la “plena normalización de la circulación de personas y mercancías de manera ordenada, incluyendo dispositivos apropiados de control aduanero a nivel terrestre y marítimo, para que la frontera funcione como lo que es, una Aduana exterior de la Unión Europea”…; “lo que evidencia – dijo - de la Unión Europea que, en cuanto se tome la decisión política, la vamos a aplicar”. Y es que Marruecos parece tenerle manía a la frontera con Ceuta por El Tarajal; ya a través de ella, pretendió invadir Ceuta cuando hace unos años impulsó y alentó el pueril envío a través de ella de unos 11.000 niños menores no acompañados; lo que en círculos internacionales se entendió como una burda y torpe maniobra marroquí.
En el caso de Melilla, aunque dicha Aduana sí se instaló y permaneció bastantes años funcionando, desde el 13-03-2020, Marruecos la cerró unilateralmente, sin dar aviso ni razón alguna. Y recientemente, ha vuelto a prolongar dicho cierre repetidas veces. Y, respecto al otro caso de Ceuta, la creación de la Aduana comercial, ya se preveía en el artículo 112 del Acta de la Conferencia Internacional de Algeciras de 1906 y, luego, se reiteraba también en el Convenio de 16-11-1910 y en el Acta ratificadora de 12-01-1911, comprometiéndose el vecino país a crear, a su cargo, un puesto aduanero comercial en el lado marroquí de la frontera del Tarajal, cuya ejecución luego no llevó a cabo por reiterado incumplimiento desde entonces.
Estamos ya en el siglo XXI, y el comercio constituye un poderoso motor de desarrollo económico que es lo que más mueve a las personas y a los pueblos en sus relaciones sociales de amistad, buena vecindad y convivencia entre los individuos y los Estados, siendo impresentable que no se exploten y aprovechen por ambas partes tales oportunidades sólo por no existir una aduana comercial, pese a que ya hace nada más y nada menos que 607 años que Ceuta fuera conquistada por Portugal.
Más, el Estatuto últimamente firmado por Marruecos con la Unión Europea, (UE) impulsado por España, prevé el reforzamiento de las relaciones comerciales casi próximo a la adhesión, la culminación de una Política Europea de Vecindad y un Plan de Acción de la UE-Marruecos, en los que se deben establecer acuerdos de libre comercio, agricultura, servicios fitosanitarios, etc; constituyendo tal declaración una verdadera hoja de ruta para aproximar Marruecos a la UE, en una estrategia de convergencia real de ambas zonas. Para ello, la UE y España destinan recursos financieros a dicho país en cuantías muy sustanciosas que bien que debería destinar a crear su propia estructura aduanera. Y es que, resulta que ahora estamos peor que en aquel año 1418, de apertura de la aduana.