Dos juicios distintos, dos acusados diferentes, una misma juzgadora y un escenario similar: el de las restricciones aplicadas en pleno estado de alarma que hay quienes se empeñan en incumplir. La sala de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta fue escogida para la celebración, por parte de la titular del Juzgado de lo Penal número 2, de las vistas señaladas para esclarecer dos incidentes de abril y marzo en los que sus protagonistas terminaron resistiéndose a la Policía y escupiendo a sus agentes.
El primer juicio en celebrarse sentó en el banquillo al llamado M.J., a quien la Policía Local detuvo el 20 de abril después de sorprenderle en la calle a la altura de la Almadraba. Aquella intervención comenzó como una llamada de atención ya que esta persona, marroquí, estaba incumpliendo el confinamiento. Pero terminó como nunca debía haberlo hecho: con un atestado y una calificación fiscal de petición de 3 años de cárcel por delito de atentado además de multas importantes, 1.500 euros por lesiones y la misma cantidad por un delito de daños.
¿Qué es lo que sucedió ese día? Los agentes de la Policía Local declararon por videoconferencia para manifestar que vieron al acusado en la calle, reconociéndolo porque solo 10 días antes lo habían visto en el mismo lugar y tuvieron que desplazarlo al CETI.
Además de a los policías, uno de los acusados escupió a un médico del Hospital
Los policías declararon que cuando le indicaron que no podía estar en la vía pública y debía ser trasladado al centro del Jaral o al pabellón de La Libertad, este respondió abalanzándose contra ellos. Dentro del zeta empezó a dar patadas hasta romper los cristales. Finalmente a uno de esos policías le escupió al igual que hizo con el médico que se encontraba en Urgencias cuando se acercó para tomarle la temperatura.
El Ministerio Fiscal preguntó a varios de los testigos sobre su impresión en torno a si ese escupitajo fue algo involuntario o, al contrario, lo entendieron como premeditado, todos coincidieron en lo segundo, incluso el médico.
El acusado negó haber pegado a los policías manteniendo lo contrario, que eran ellos los que le habían pegado a él. Confesó haberse sentido humillado y que por eso pateó el cristal del zeta cuando le introdujeron en él. Sobre los escupitajos dijo que no fueron voluntarios sino una reacción porque de tanto llorar tenía gran cantidad de mocos que debía soltar de esa manera.
El Ministerio Fiscal pidió pena de prisión al considerar que los hechos habían quedado acreditados teniendo en cuenta la narración “clara y precisa” hecha por los policías. Mantuvo que se estaba ante un atentado y no una mera resistencia y que había existido un menosprecio claro ante la autoridad policial y sanitaria. Sobre la versión del acusado de que eran los policías quienes le habían pegado, resaltó que del examen forense no se derivó informe alguno que atestiguara dichas lesiones.
La Defensa interesó su absolución encuadrando la reacción de su patrocinado en un nerviosismo, resaltando que los policías no habían presentado lesiones. De dictarse una sentencia condenatoria solicitó que se entendiera la existencia de una resistencia y no un atentado.
El segundo de los juicios provocó que quien se sentara en el banquillo fuera un subsahariano del CETI, que además es reincidente por una condena por hechos similares cometidos en pleno estado de alarma.
La actuación que le llevó a sentarse ante la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 se produjo el 25 de marzo en la avenida Teniente Coronel Gautier.
Una patrulla de la Policía Local lo vio por la calle y le apercibió de que no podía estar allí, instándole a regresar al CETI. Ese mismo día y solo poco tiempo después, la patrulla volvió a toparse con esta persona por lo que le pidieron explicaciones de su actitud. Este les respondió a “manotazos” y escupiendo a uno de los agentes.
El acusado se defendió negando los hechos y argumentando que no sabía que no se podía estar en la calle. Recalcó que cuando fue sorprendido por segunda vez en el mismo día ya estaba yendo hacia el centro de estancia temporal.
Dos policías locales prestaron declaración por los hechos. El agente que fue escupido narró que el acusado les comenzó a increpar e insultar, llamándoles racistas. Insistió en que se resistió a la detención dando golpes para, después, escupir. Dentro del zeta de la Policía siguió con la misma actitud.
El Ministerio Fiscal solicitó que se le impusiera una pena de 2 años y 9 meses de prisión al considerar que había quedado acreditada la existencia de una resistencia agresiva, tomando como agravante que el acusado es reincidente en este tipo de actitud.
Al haberse producido manotazos y golpes que impactaron en los agentes, el Ministerio Público verificó que se estaba ante un caso de atentado. La Defensa solicitó la absolución de su patrocinado, encuadrando su reacción en una falta de comprensión del idioma. Los dos juicios quedaron visto para sentencia y los procesados seguirán en prisión preventiva a la espera de conocer las resoluciones dictadas.