Una profesora de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Granada advierte de un “vacío legal” existente en el decreto ley aprobado el 30 de diciembre
La deducción del 50% de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla no podría aplicarse a la cuota resultante del nuevo gravamen complementario sobre el IRPF aprobado por el nuevo Gobierno de la Nación. Este es el resultado de un estudio realizado por Carmen Morón Pérez, jurista y profesora de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Granada, en relación a las medidas urgentes en materia tributaria hechas públicas tras el Consejo de Ministros del pasado 30 de diciembre.
Se trata de un “vacío legal” existente en la redacción de la norma, lo que ha podido deberse a "un olvido del legislador sobre las peculiaridades tributarias de Ceuta y Melilla”, declaró Morón, que añadió cómo “a día de hoy, a la cuota resultante de la liquidación del nuevo gravamen complementario no es posible aplicársele la pertinente bonificación del 50% que corresponde a las dos comunidades autónomas”.
Pese a todo, esta docente, que imparte clases en la facultad de Educación y Humanidades de Ceuta, expresó su convicción de que, durante el proceso de tramitación a ley, que habrá de llevarse a cabo antes del próximo 30 de enero, “se efectuarán las pertinentes modificaciones para que desaparezca este particular vacío legal producido en la redacción del decreto”. Cabe reseñar que un real decreto ley es, en su espíritu, una fórmula elegida por el Ejecutivo cuando requiere la implantación urgente de medidas. En pro de asegurar el control del Gobierno por parte del Parlamento, órgano en el que recae constitucionalmente el poder legislativo, el Poder Constituyente contempló, entre otros límites, que el real decreto ley ha de ser refrendado por el Congreso de los Diputados en un plazo máximo de 30 días.
La desviación del saldo presupuestario estimada para el conjunto de las Administraciones Públicas en el ejercicio 2011 fue la causa, sostiene el actual Gobierno central, por la que el Ejecutivo se vio “conminado” a tomar medidas de carácter urgente para tratar de corregir ese desfase deficitario.
Residentes y no residentes, parejos
De no subsanarse el “vacío legal” existente en la actual redacción del real decreto ley 20/2011 de 30 de diciembre, “los residentes en Ceuta y Melilla tendrían que pagar un gravamen complementario que coincidirá en su cuantía con el correspondiente a cualquier ciudadano no residente en las ciudades autónomas”, explicó Carmen Morón Pérez, profesora de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Granada. Con todo, la docente espera que este particular sea resuelto en su trámite parlamentario