El magistrado de la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta Emilio José Martín Salinas, impartió ayer una conferencia sobre los aspectos legales al final de la vida: sedación, eutanasia y suicidio asistido.
El magistrado despejó todas las dudas de los asistentes sobre estas cuestiones e impartió una conferencia muy didáctica a través de la cual los participantes en las jornadas quedaron satisfechos.
En su intervención, citó la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Así, explicó que los principios básicos de la Ley. Estos dicen que “la dignidad de la persona humana, el respeto a la autonomía de su voluntad y a su intimidad orientarán toda la actividad encaminada a obtener, utilizar, archivar, custodiar y transmitir toda la información y la documentación clínica”.
Insistió en que toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere el previo consentimiento de los pacientes o usuario, un consentimiento que debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada. Éste debe hacerse siempre por escrito.
La Ley recoge también que todo paciente o usuario “tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley. Su negativa constará por escrito.
En su intervención, Emilio José Martín citó el artículo 11 de esta Ley, sobre las instrucciones previas, que significa que una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con el objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado al fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos. La Ley incluye también que el otorgante del documento puede designar un representante para que sirva como interlocutor con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de la instrucciones previas.
En su conferencia, explicó que no serán aplicadas las instrucciones previas contrarias al ordenamiento jurídico, a la ‘lex artis’, ni las que no se correspondan con el supuesto de hecho que el interesado haya previsto en el momento de manifestarlas.
El ponente afirmó también que las instrucciones previas podrán revocarse libremente en cualquier momento “pero siempre dejando constancia por escrito”.
Otro de los asuntos abordados fue el denominado Registro Nacional de instrucciones previas, creado con el fin de asegurar la eficacia en todo el territorio nacional. En este punto, el ponente dijo no tener constancia de que en la ciudad exista instrumento alguno para inscribir en el Registro Nacional las instrucciones previas.
Acto de clausura
Las Jornadas han contado con una participación de más de 250 personas inscritas, debido a la calidad de sus ponentes, quienes protagonizaron más de una treintena de intervenciones, organizadas en ocho mesas redondas y tres conferencias.
La clausura oficial corrió a cargo del Director Médico de Atención Especializada, Carlos Ramírez, y de la Directora Médica de Atención Primaria, Beatriz Rodríguez, acompañados por una representante de la AECC de Ceuta. Para empezar, Carlos Ramírez intervino para felicitar a “los asistentes y ponentes que han formado parte de estas Jornadas. Las ponencias de los más de 30 especialistas en los distintos campos, nos han permitido reflexionar sobre lo que se está haciendo en materia de cuidados paliativos, así como sobre lo que queda por hacer. Hay que dar la enhorabuena también a los asistentes, que trasladarán todo lo que aquí se ha vivido”.
Por su parte, Beatriz Rodríguez cerró las Jornadas destacando que “sin todos los que habéis pasado por aquí, esto no habría sido posible. Agradecemos vuestra presencia y que mejor marco que éste para invitaros a participar en el Plan Estratégico de Cuidados Paliativos que está elaborando el INGESA aportando vuestras ideas para su realización”.