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El Ingesa insiste en la nueva regulación legal como freno al turismo sanitario

Por Redacción
01/09/2012 - 10:03
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{jaimage crop="TC" /}El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) ha emitido un comunicado oficial para exponer los aspectos más relevantes del marco normativo con el que se definen los supuestos de acceso al derecho a la asistencia sanitaria pública y se regula un mecanismo de reconocimiento de dicha condición que se enmarca en el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Su entrada en vigor, el próximo 1 de septiembre, junto con el Real Decreto 1192/2012 de 3 de agosto, normaliza la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria.
En este sentido, el Real Decreto Ley 16/2012 ha venido a poner fin a los abusos del turismo sanitario que se venían produciendo por parte de ciudadanos de otros países. Así, el Tribunal de Cuentas denunció que España había gastado de las arcas públicas casi 1.000 millones de euros, sólo en 2009, por la asistencia médica y de farmacia dada a más de 700.000 ciudadanos extranjeros, montante que debería haber sido abonado por sus países de origen, al igual que sucede a los españoles cuando viajan al extranjero (desplazados, turistas, estudiantes Erasmus, etc.) De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sanidad de 1986, artículo 16, el Sistema Nacional de Salud debe facturar la asistencia sanitaria prestada a  personas que no estén comprendidas dentro del mismo. A tal fin, y en estos casos, los Servicios Autonómicos de Salud facturarán por la asistencia sanitaria prestada.
Cabe puntualizar que los extranjeros en situación irregular que no tengan suscritos convenios, y a cuyos países no se pueda facturar su asistencia, recibirán asistencia sanitaria en casos de urgencia, ya sea por enfermedad o por accidente, hasta el alta médica, a criterio del facultativo. Además, recibirán los cuidados en los casos de embarazo, parto y postparto. Asimismo, está garantizada la asistencia para los extranjeros menores de 18 años en todos los casos y en las mismas condiciones que para los españoles. “Así, el Gobierno garantiza por ley una cobertura sanitaria básica para personas en situación irregular, similar, y en algunos casos más amplia, que la mayoría de los países europeos”, añade Ingesa.
En cuanto a las personas en situación irregular con enfermedades crónicas cuyo tratamiento resulte vital, será el criterio del médico el que determine la urgencia; de lo que se denota que nadie se quedará sin un tratamiento del que dependa su vida. Al igual ocurre con enfermedades como el VIH/sida o la tuberculosis, a través de programas ya implantados de salud pública. Estos programas, destinados a vacunaciones o al tratamiento de enfermedades transmisibles, no están ligados a la tarjeta sanitaria. “Pretender sembrar inquietud entre la población por este motivo carece de fundamento, no parece razonable y es de todo punto rechazable”, señala. Las Comunidades Autónomas tienen un amplio margen de actuación para implementar, a través de la red de servicios sociales y programas de cooperación, mecanismos de ayuda para personas que no cuenten con la tarjeta sanitaria y no pueden hacerse cargo del abono de la asistencia.

En detalle

El gasto
El Tribunal de Cuentas denunció el gasto de 1.000 millones de las arcas públicas solo en 2009 por gasto sanitario y de farmacia a más de 700.000 ciudadanos extranjeros.
Casos de urgencia
Todos los extranjeros serán atendidos aunque no tengan los papeles, ya sea por una enfermedad o un accidente. También se garantiza la asistencia a los menores.
Enfermedad crónica
Será a criterio del médico si se sigue aplicando, ya que será él el que determine la urgencia. Al igual ocurre con enfermedades como el sida o la tuberculosis.
Objeción de conciencia
Ingesa asegura que la objeción de conciencia planteada por algunas agrupaciones de médicos carece de fundamento. “A un médico nadie le va a exigir que niegue la atención a un paciente. Médicos y enfermeros atienden a todo usuario que requiere sus servicios, ya que tienen el deber profesional de hacerlo. A ellos les es ajena la gestión de una posible facturación, que depende de las unidades administrativas de los Servicios de Salud. Y es que, el objetivo de fondo de esta normativa, no es más que el de facilitar una gestión sanitaria eficiente de recursos públicos, en beneficio de todos los contribuyentes”.

Tags: Sanidad

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