La magistrada del juzgado de lo Penal número uno tuvo que remitir ayer unas actuaciones a la Audiencia Provincial al modificar el Fiscal su calificación, aumentando su petición de cárcel y ser entonces competente el órgano judicial superior. Los hechos que se debían haber enjuiciado ayer ocurrieron entre julio del año 2001 y marzo del 2002. Según el escrito de acusación del Fiscal, en esas fechas el hombre trabajaba para la empresa Retevisión y habría estado haciendo contratos falsos a una serie de personas. Concretamente se recogieron un total de 234 líneas contratadas y 47 clientes estafados por el presunto autor del delito. El acusado, por contra, habría estado recibiendo terminales de teléfono y diferentes cuantías económicas como comisión de las líneas contratadas.
La modificación que la representante del Ministerio Fiscal realizó durante el plenario consistió en calificar los hechos como un delito de falsedad documental continuado, recogido en el artículo 390 del Código Penal, y otro delito de estafa continuado, contemplado éste en el artículo 257 del mismo cuerpo legal. En total, el Ministerio Público solicitó 6 años de prisión para el acusado, además de la imposición de una multa de 6.750 euros (15 meses de multa a razón de 12 euros la cuota diaria).
Según el artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) en los casos en los que la pena que se solicite sea mayor a cinco años de privación de años de libertad la competencia corresponderá a los tribunales de las audiencias provinciales.