El Consejo de Ministros ha acordado no conceder el indulto a dos agentes de la Unidad de Intervención Rápida (UIR) de la Policía Local que fueron condenados por el Tribunal Supremo como autores de un delito de lesiones con agravante de superioridad a la pena de dos años de prisión y la accesoria de 22 meses de inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones.
N.C.V. y J.G.M. deben, además, asumir el pago solidario de 18.283 euros a los herederos de Abselam M. M., ya fallecido, por unos sucesos que tuvieron lugar hace nueve años, cuando la víctima tenía 57. Su familia ha pedido al Gobierno que ejecute “de forma diligente” la sentencia, ya que es la Ciudad Autónoma la que tiene que cumplir con este trámite por orden de la Audiencia Provincial, en su Sección VI.
Los hechos a los que hace referencia este asunto tuvieron lugar el 16 de noviembre de 2005, cuando los dos agentes condenados, otros dos compañeros fueron absueltos, dieron el alto al vehículo que conducía el finado en un control rutinario. La intervención terminó, tras una persecución, con la víctima con múltiples lesiones por las que permaneció 4 días hospitalizado, medio año en tratamiento y dos meses de baja.
El PDSC ha mostrado su satisfacción y confianza en la justicia tras más de 10 años de lucha judicial, agradeciendo el trabajo prestado por los servicios jurídicos de la familia. El partido pide a la Ciudad que sea respetuosa y acate la sentencia que conlleva la inhabilitación.






