El Real Decreto 174/2011, publicado en el BOE el pasado 18 de febrero, modificará a partir de febrero de 2012 el Baremo de Valoración de Dependencia (BVD) y la Escala de Valoración Específica de menores de 3 años (EVE).
Los objetivos de este cambio son, principalmente, dos. Uno de ellos es el de los dependientes que se valoran con el EVE; debido a su rápido crecimiento en el periodo inicial de la vida, se han establecido revisiones de oficio de la baremación cada medio año (a los 6, 12, 18, 24, y 30 meses de vida). De este modo se pretende ajustar el nivel de dependencia del niño con más exactitud a su desarrollo físico y cognitivo.
El otro es el de homogeneizar las medidas en todas las comunidades autónomas estableciendo un nuevo baremo para todas. Este decreto modifica el del año 2007 que establecía la anterior baremación.
Por otra parte, el director del Imserso en Ceuta, Alfonso Grande, explicó también que se han cambiado algunos ítems de ambas escalas de baremación para “hacerla más fiable”. En concreto, se espera que esta nueva forma de baremar, que se ha ajustado a partir de la experiencia de los propios profesionales y técnicos, beneficiará a personas con minusvalía psíquica e intelectual. “Ahora es algo que se refleja, pero será algo más exacto cuando entre en vigor el decreto”, según afirmó Alfonso Grande.
El texto que se publicó el 18 de febrero dará un año de margen a las administraciones para que formen a sus profesionales de las unidades de Dependencia. El caso de Ceuta y Melilla es especial, debido a que esta competencia no está transferida, y depende del Imserso. Por ello, la primera actividad formativa será el próximo mes de abril en unas jornadas de Melilla, a las que se desplazarán la mayor parte de quienes forman esta unidad en Ceuta, sin dejar desatendidas las oficinas de atención al público, según explicó la dirección del Imserso en Ceuta.
El cambio de baremación, sin embargo, se aplicará sólo a quienes tengan que realizar la valoración a partir del 18 de febrero. Es decir, a quienes ya se les ha hecho se les aplicará únicamente en el caso de que tengan que hacer una revisión, la que se puede pedir si se ha producido un cambio sustancial en la situación del dependiente. Eso sí, a todos aquellos que hayan solicitado valorarse antes de la entrada en vigor del Real Decreto pero se les valore después del 18 de febrero de 2012, se les aplicará la nueva norma que modificará la actual.






