La Ciudad Autónoma de Ceuta ha aprobado el encargo a medio propio consistente en la prestación del servicio de redacción del proyecto de ejecución de las obras de reparación de la pasarela Juan XXIII.
La resolución, publicada este viernes, 26 de diciembre, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) y firmada por el consejero de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda, Alejandro Ramírez, formaliza el encargo a la empresa pública Tragsatec, en el marco de las competencias atribuidas a la Consejería y conforme a la normativa vigente en materia de encargos a medios propios.
El encargo aprobado tiene por objeto la redacción del proyecto de ejecución de las obras de reparación de la pasarela Juan XXIII, una actuación incluida dentro del ámbito competencial de la Ciudad en materia de infraestructuras urbanas y medio ambiente.
Consulte aquí el BOCCE de este viernes
El presupuesto total asciende a 49.079,92 euros, calculado mediante la aplicación del sistema de tarifas oficiales del Grupo Tragsa, y utilizando los precios de las tarifas Tragsa 2023 actualizadas por resolución del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La financiación del encargo se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria de obras de urgencia en puentes, mercado y entorno, con retención de crédito efectuada el 14 de noviembre de 2025.
Plazo, dirección técnica y ejecución de la reparación de la pasarela
El plazo de ejecución del encargo se establece en tres meses, contados a partir de la notificación del mismo, pudiendo finalizar anticipadamente por razones de interés público mediante resolución del presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
La Ciudad designa como director facultativo de los trabajos a Miguel Ángel de Juan Morente, arquitecto técnico de la Ciudad Autónoma de Ceuta, quien será el encargado de supervisar la correcta ejecución de las actuaciones realizadas por Tragsatec.
Abono, subcontratación y extinción
El abono de los trabajos se realizará mediante facturación mensual, conforme a los servicios efectivamente ejecutados y debidamente certificados y conformados por el consejero competente.
En caso de que resulte necesaria la subcontratación de trabajos con terceros, Tragsatec deberá ajustarse estrictamente a lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público. El encargo se extinguirá por cumplimiento de su objeto, finalización del plazo, imposibilidad sobrevenida o resolución anticipada debidamente motivada.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses, conforme a la normativa vigente.







CHO
RI
ZOS