Visto para sentencia quedó el procedimiento en contra de D.A. por un delito de atentado en contra de E.A., director del Miguel Hernández, por el cual el Ministerio Fiscal pide dos años de prisión. Pese a que la defensa solicitó la suspensión de la vista oral por la no comparecencia de su patrocinado, finalmente la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 consideró procedente la petición del Ministerio Fiscal de continuar el proceso sin estar el acusado presente.
Los hechos por los que éste era requerido se remontan al 6 de noviembre de 2017, cuando el señalado acudió al Centro de Educación para Adultos Miguel Hernández para matricularse. Debido a que llegó fuera de plazo, tal y como confirmaron los dos testigos que declararon durante la vista oral, se le indicó que debía esperar y entrar en la lista, algo que provocó la “obcecación” del acusado, tal y como defendió su abogada.
El relato de los testigos fue que empezó a golpear las papeleras del centro e insultar a todos los presentes, llegando a sustraer unos documentos de la Secretaría que posteriormente tuvo que devolver a la Policía. El mismo director del centro detalló los insultos que ese día le vociferó D.A., además de amenazas del tipo “te voy a quemar el coche” o “te voy a matar”.
Aunque los policías que acudieron al centro para detener al acusado no tuvieron que comparecer, el escrito de acusación también recogía las declaraciones de estos en las cuales destacaban amenazas por parte del señalado y también comentarios de tipo belicosos reproducidos como: “Aquí nadie habla árabe, por eso me alegro de los atentados de Barcelona”. También amenazó con autolesionarse para inculpar a los policías.
Recogidas las declaraciones de ambos testigos, el Ministerio Fiscal, en su conclusiones, solicitó dos años de prisión para el acusado, mientras que la defensa pidió su absolución por presuntas contradicciones en las declaraciones y achacando el suceso a un “acaloramiento” y “obcecación” por haberle negado, supuestamente, la matriculación.
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