Colaboraciones

En torno a la devoción a la Virgen de África: las declaraciones de patrimonio inmaterial

Hace unos años, la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Ceuta convocaba sus Cursos de Verano, centrando uno de ellos en El Patrimonio inmaterial de Ceuta, dirigido por el Dr. Honorio M. Velasco Maíllo y coordinado por el profesor Carlos Rontomé Romero. Fui uno de los ponentes invitados a intervenir con el tema “Religiosidad popular. De la Ceuta portuguesa a la española” y he de decir, que tanto en uno como en otro curso, lo que más me llamó la atención fue la participación activa de alumnos y ponentes, con debates tan animados como interesantes.

Viene esto al caso porque el Dr. Velasco Maíllo puso sobre la mesa la falta de declaraciones de Patrimonio Inmaterial adoptadas en nuestra ciudad cuando, sin embargo, son muy numerosas las de bienes inmuebles. A esto podríamos añadir que igualmente han sido nulas las declaraciones de bienes muebles, que no sólo podrían tener su objetivo en imágenes, cuadros o enseres del patrimonio eclesiástico, pues sin protección se hallan también piezas tan notables como el Pendón Real y otras del patrimonio documental y bibliográfico de propiedad estatal y autonómica.

Los profesores Honorio Velasco y Sol Tarrés resaltaron el interés que hay desde el mundo de la antropología por aprovechar la figura jurídica de la declaración de patrimonio inmaterial, reelaborada a partir de la Ley 10/2015 de 26 de mayo , para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Estudio para un fresco: Entrega del mando por D. Juan I a Pedro de Meneses

El artículo 2 de esta Ley, titulado: Concepto de patrimonio cultural inmaterial, dice:

Tendrán la consideración de bienes del patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural, y en particular:

  1. a) Tradiciones y expresiones orales, incluidas las modalidades y particularidades lingüísticas como vehículo de patrimonio cultural inmaterial; así como la toponimia tradicional como instrumento para la concreción de la denominación geográfica de los territorios;
  2. b) Artes del espectáculo;
  3. c) Usos sociales, rituales y actos festivos;
  4. d) Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
  5. e) Técnicas artesanales tradicionales;
  6. f) Gastronomía, elaboraciones culinarias y alimentación;
  7. g) Aprovechamientos específicos de los paisajes naturales;
  8. h) Formas de socialización colectiva y organizaciones;
  9. i) Manifestaciones sonoras, música y danza tradicional.

Qué duda cabe que la ciudad cuenta, en sus diversas culturas, con formas específicas de gastronomía y alimentación, muchas de las cuales conectan directamente con técnicas artesanales como pueden ser procedimientos de conservas y salazones, que habrían de optar por dichos niveles de protección.

En el curso, el profesor Velasco preguntó a los ponentes, dentro del ámbito en el que habían girado sus exposiciones, qué tres propuestas de declaración harían y hay que decir que, dentro de la religiosidad popular, habría muchas. Sin embargo, desde mi punto de vista, propuse la Ceremonia de toma de posesión de los Gobernadores con el Aleo, la Romería de San Antonio y La Mochila, siendo conscientes de que esta última, en su evolución, se ha desacralizado totalmente, lo que le confiere una singularidad aún mayor.

Podríamos hablar de muchos otros momentos del calendario festivo local susceptibles de declaración, pero nos centraremos, para esta ocasión, en los que se refieren a nuestra Patrona.

Conmemorando el VI Centenario de la conquista de Ceuta por la Armada de Juan I de Portugal, estamos próximos a igual aniversario del envío de la imagen de la Virgen de Africa por el Infante D. Enrique, alrededor de 1418. Tradiciones y leyendas a un lado –que también forman parte de ese patrimonio inmaterial- sobre su origen, aparición y construcción de su templo, es lo cierto que con los documentos en la mano son varios los usos sociales, rituales y actos festivos a los que ha dado lugar la devoción a la Patrona.

En primer lugar, el codicilo del testamento del Infante, firmado de su mano el año 1460, especifica haber sido él quien la envió, puso nombre y ordenó construirle un templo, que habría de ser sede parroquial. La condición era el rezo de una serie de oraciones por su alma, que conforman la Sabatina y que, con modificaciones, ha llegado a nuestros días casi seiscientos años más tarde.

La celebración de la festividad de la Virgen, cada 5 de agosto, fue trasladada en 1572 por el Obispo Manuel de Ciabra y llevada a efecto a partir de 1575 sin interrupción, y casi siempre con la Novena como forma básica de dirigirse a ella, enriquecida en el siglo XX con su procesión por las calles de Ceuta.

No es menos importante la celebración del Voto a la Virgen, que tuvo lugar por vez primera en 1651 y que desde entonces se renueva poniendo a la Ciudad bajo su Protección, siendo ese el momento en el cual se adoptó por Patrona de Ceuta. Y, más cercanamente, los aniversarios de la Coronación Canónica o los rituales de presentación de los niños, pasándolos por el Manto de la Virgen.

Las piezas de orfebrería y grabados que comienzan a surgir a partir del siglo XVII nos muestran a la imagen de la Virgen vestida, coronada y con el bastón de mando de la ciudad en sus manos. Tradicionalmente se ha considerado que el momento en el que se pone en sus manos es cuando el gobernador Pedro de Vargas Maldonado, impotente ante los efectos de la epidemia de peste bubónica de 1743, hizo el segundo Voto ante ella.

Alberto Baeza Herrazti, en su libro El ALEO, Bastón de Mando de los Comandantes Generales de Ceuta, llevaba la posible fecha de poner el bastón en manos de la Virgen, tras las tomas de posesión de los gobernadores, a 1651, lo que estaría en plena concordancia con la iconografía conocida. Es más, incluso podría retrotraerse, quizá al momento en el que los Meneses dejaron de ostentar en propiedad el gobierno de la ciudad y que viene a coincidir con la sublevación de los Braganza, en 1640.

Como todo sabemos, el Aleo es el bastón de mando de la Ciudad, el mismo que entregó el Rey Juan I de Portugal a don Pedro de Meneses en agosto de 1415, y con el cual han jurado defender la población todos sus sucesores. Un bastón que se constituyó en símbolo de la Casa de Villarreal y que figura anagramado en sus escudos y monumentos sepulcrales.

El Aleo estuvo en manos de cuantos monarcas lusos pisaron el suelo ceutí, siendo el último el malogrado Sebastián I. Se entrega por el Deán de la Santa Iglesia Catedral al gobernador, quien lo toma y se dirige a los presentes con palabras de aceptación y cariño para la ciudad y sus habitantes. Al menos desde el siglo XVIII, como ya hemos dicho, se encamina después a la Iglesia de Africa, depositándolo en manos de la Virgen, pidiéndole que la ampare y defienda.

El ritual, varias veces centenario, ha tenido mínimas variaciones, como puede comprobarse en las actas de los Cabildos catedralicio y municipal; conecta dos piezas fundamentales de nuestro patrimonio mueble, como son la imagen de la Virgen de Africa y el Aleo, y es una seña de identidad de nuestra ciudad. Sin duda cumple con el espíritu de la Ley para su posible declaración.

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