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Derechos de los trabajadores con clima adverso: lo que debes saber en plena borrasca Leonardo

CCOO informa que la protección del trabajador es fundamental y la ley lo ampara | Debe priorizarse el teletrabajo

La llegada de la borrasca Leonardo ha puesto en alerta a toda Ceuta, anunciando alerta naranja, existiendo el riesgo de roja; por ello, es importante conocer la ley que ampara al trabajador cuando el clima es adverso.

Desde Comisiones Obreras (CCOO) han informado a qué normativa agarrarse para la protección de la salud y los derechos de las personas trabajadoras.

Proteger la integridad física

Ante este escenario, desde Comisiones Obreras (CCOO) insisten en la importancia de que los trabajadores conozcan sus derechos y sepan cómo actuar cuando el clima supone un riesgo real.

Mohamed Faitah, secretario de Salud Laboral de CCOO, subraya que “proteger la integridad física y la salud debe estar siempre por encima de cualquier obligación laboral”.

La legislación española contempla múltiples mecanismos para garantizar esta protección, aunque muchas veces son desconocidos por la ciudadanía.

No acudir si existe riesgo grave

Uno de los derechos fundamentales es el de no acudir al puesto de trabajo cuando exista un riesgo grave e inminente para la integridad física.

El artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ampara al trabajador en estas circunstancias. Si el entorno laboral o el trayecto hasta el trabajo no es seguro, el trabajador no solo puede, sino que debe priorizar su seguridad, aseguran desde CCOO.

Conservar justificantes

En estos casos, es esencial informar a la empresa por escrito, detallando las condiciones peligrosas que impiden la asistencia.  De esta manera, evitas posibles sanciones por ausencia.

Busca y conserva los justificantes de las entidades públicas que avalan la emergencia.

Si existe representación sindical o de los trabajadores, se recomienda solicitar su intervención para que pidan formalmente la interrupción de la actividad. Además, siempre que sea posible, debe priorizarse el teletrabajo como alternativa segura.

Imposibilidad de desplazamiento

Otra situación habitual durante episodios de clima extremo es la imposibilidad material de llegar al puesto de trabajo, ya sea por carreteras cortadas, suspensión del transporte público o cancelaciones de vuelos y barcos son circunstancias que deben ser debidamente comunicadas.

Salario, horas y protección frente a sanciones

Una de las mayores preocupaciones es si la empresa puede descontar el sueldo por no acudir al trabajo.

Según traslada Mohamed Faitah, el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.9, establece que las ausencias de hasta cuatro días laborales por causas justificadas relacionadas con urgencias familiares no deberían conllevar descuentos salariales, siempre que se informe adecuadamente.

Asimismo, si la ausencia se debe a una causa de fuerza mayor o si la empresa decide cerrar por motivos de seguridad, el trabajador no está obligado a recuperar las horas ni se descontará del sueldo el día no trabajado.

Despidos y vacaciones

En situaciones de clima adverso, también surgen dudas sobre posibles despidos. Faitah insiste en que es clave dejar constancia de la ausencia justificada. Si, aun así, la empresa opta por un despido disciplinario, este puede ser impugnado judicialmente, solicitando su nulidad o improcedencia.

Por otro lado, las empresas no pueden imponer vacaciones de manera unilateral durante una emergencia meteorológica. Las vacaciones deben acordarse entre ambas partes, y cualquier imposición debe ser reclamada por escrito para reclamar dichos días.

En el caso de que un trabajador haya sufrido daños personales o materiales al acudir a su puesto por imposición de la empresa, es fundamental conservar todas las pruebas posibles.

Esto incluye comunicaciones empresariales y documentación de los daños sufridos. Se puede reclamar por la vía civil y denunciar los hechos ante la Inspección de Trabajo.

ERTE por causa de fuerza mayor

Finalmente, ante episodios extremos, algunas empresas pueden recurrir a un ERTE por causa de fuerza mayor.

En estos casos, el contrato no se extingue, sino que queda suspendido temporalmente o se reduce la jornada hasta un 70%.

El trabajador tiene derecho a una prestación por desempleo que no consume paro, lo que supone una protección adicional en contextos de emergencia.

Desde CCOO hacen un llamamiento a la información y a la prudencia ante una borrasca del calibre de Leonardo.

Conocer tus derechos es la mejor herramienta para proteger tu salud y tu empleo.

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