El abogado del exgerente de Emvicesa, Antonio López, para quien la Fiscalía ha terminado pidiendo 13 años de cárcel, presentará este miércoles ante la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta su informe de conclusiones definitivas tras la vista oral, en el que ha solicitado anular tanto las declaraciones de los 'intermediarios' y 'clientes' que han confesado como su careo con el policía portuario que le entregaba dinero para que adjudicase casas.
El letrado solicita la absolución de su representado, pero acepta que subsidiriamente procedería que se le impusiera una pena de dos años de prisión por cohecho continuado “si se diera como probado que recibió dádivas por realizar actos propios de su cargo” con una multa de doce meses con cuota diaria de seis euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante cinco años, así como el comiso de los 21.500 euros que han afirmado haberle dado dos acusados.
Casi todo el mundo tiene claro que la defensa de López seguirá alegando en caso de ser condenado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía e instancias superiores en los defectos de forma que reiterará ante la Sala: nulidad de las diligencias de instrucción por indefensión, lesión del derecho a la libertad por la “operación judicial-policial” que derivó en su arresto en 2017, nulidad de las escuchas telefónicas, vulneración al derecho a juez imparcial, violación de su presunción de inocencia...
Su informe se centra en dos “incidencias” acontecidas durante el juicio oral que comenzó a finales de octubre especialmente “relevantes” desde su punto de vista. Una son las “declaraciones de coacusados obtenidas por el Ministerio Fiscal previo ofrecimiento de sustanciales rebajas de penas condicionadas a que se avinieran a realizar declaraciones incriminatorias” contra López.
Según su relato, la Fiscalía habría ofrecido a 'intermediarios' y 'clientes' un “guion cerrado” impidiendo la contradicción “al ir acompañado del ejercicio del derecho a no contestar a las preguntas de la defensa”. Desde su punto de vista los acuerdos de conformidad deben ser “públicos” y corroborados por escrito, limitándose los arrepentidos a “confirmar” su aceptación “sin que puedan utilizarse como prueba incriminatoria” contra el resto de procesados.
Igualmente carga contra el careo que consintió la Audiencia entre López, que se mantuvo en silencio, y el policía portuario, ya que desde su punto de vista supuso “la inclusión, en medio de la declaración de mi mandante, de una nueva declaración incriminatoria por quien ya había declarado, provocando una situación de tensión y presión contraria al derecho a la defensa”.
De acuerdo con el informe final de la defensa de López lo único acreditado es a partir de un “rumor” se montó una operación judicial-policial que la propia Fiscalía ya habría dado por parcialmente desmontada al renunciar a la acusación por organización criminal, por ejemplo.
“El patrimonio de Antonio López tiene un origen lícito y conocido, no es posible identificar actuación alguna suya incumpliendo las obligaciones de sus cargos, no ha alterado ningún documento oficial o público, no confeccionó ni filtró la 'lista fantasma' y no recibió dinero para adjudicar viviendas”, recapitula su letrado, que opina que en el peor de los casos su representado debería verse favorecido por atenuantes de dilaciones indebidas y reparación del daño.
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