Cuando la protesta se judicializa

Afectados por Hacienda lleva años aglutinando a funcionarios quejosos por lo que consideran una persecución de la Agencia Tributaria

Ya son al menos tres los autos que han sido dictados en los últimos meses por la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta en los que se estiman los recursos interpuestos por agentes de las fuerzas de seguridad destinados en la ciudad que se consideran perseguidos por la Agencia Tributaria. Hay más casos repartidos por los distintos juzgados de la ciudad sobre los que todavía no ha existido pronunciamiento alguno. El conocimiento de estas posturas ha supuesto una válvula de escape para la Asociación de Afectados por Hacienda (AxH), que lamenta no estar obteniendo el respaldo de los poderes públicos que deberían investigar estos asuntos, así como de la abogacía del Estado o de la propia Agencia Tributaria.
Esta misma semana, El Faro se hacía eco de la estimación parcial de un recurso de apelación interpuesto por un policía destinado en la ciudad contra un auto  del Juzgado de Instrucción número 2 que rechazó la querella que había formulado este agente contra un responsable de la Dependencia de Gestión Tributaria local y la propia Administración al entender que se estaba viendo sometido a “un improcedente, por antirreglamentario, escudriñamiento al margen del procedimiento de verificación de datos a sabiendas de su irregularidad” para certificar que cumplía los requisitos de residencia efectiva en Ceuta al objeto de disfrutar de las ventajas fiscales locales.
La Audiencia revocó la no admisión de la querella, que deberá ser tramitada, pero solo contra la persona física de la Dependencia de Gestión Tributaria de Ceuta, que “carece de aptitud para ser sujeto activo de un delito”, ya que el Código Penal “excluye expresamente de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, entre otras, al Estado, a las Administraciones públicas territoriales e institucionales...”, según refiere el auto.
Pues bien, esa línea asomada por el máximo órgano judicial en la ciudad no es aislada a tenor de algunas de las estimaciones conocidas que son valoradas por la AxH, frente a criterios esgrimidos en sentencias en las que se mantiene la existencia de una campaña emprendida por trabajadores que no residen en la ciudad y que se quieren beneficiar de las ventajas fiscales.
En anterior auto la propia Audiencia mantiene que el proceso debía seguir adelante, al no poder olvidarse que lo que se imputa al querellado es, en esencia, “desarrollar sus funciones guiado por móviles espurios, aplicando no sólo de forma incorrecta las normas del procedimiento administrativo tributario sino, sobre todo, torticeramente, a pesar de que en un caso similar afectante al mismo contribuyente, éste había obtenido una resolución favorable del Tribunal Económico Administrativo, y de que incluso en la propia resolución que se tilda de prevaricadora se reconoce que el expedientado ha acreditado su residencia efectiva en Ceuta más de la mitad del año concernido, a pesar de lo cual se insiste en seguir adelante con el expediente”.
“En el presente caso está justificada la iniciación del proceso penal, que podrá dar también al querellado la oportunidad de defenderse de las graves imputaciones que se le hacen”, estima el auto, en el que se pone de relieve que el jefe de la Dependencia local de Gestión Tributaria está acusado de “hacer de la voluntad propia la norma aplicable al acto administrativo, afectando al recto y normal funcionamiento de la Administración, que, conforme con la Constitución, debe servir con objetividad a los intereses generales, actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación y someterse plenamente a la ley y al Derecho”.
La Asociación de Afectados aglutina a varios policías nacionales y guardias civiles que dicen sentirse perseguidos por Hacienda, al igual que funcionarios de áreas como Prisiones. De hecho sindicatos como la UFP ha sustentado parte del problema de la ‘huida’ de policías a la península en lo que considera una ‘persecución’ de la Agencia Tributaria.

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