De un caso anual antes de 2011 se ha pasado, al menos, a seis ceutíes en lo que llevamos de año. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó la semana pasada que Google, el buscador de Internet, deberá retirar los enlaces a informaciones publicadas en el pasado si se comprueba que son lesivas para alguna persona y carecen de relevancia.
Aunque este denominado derecho al olvido copó los titulares de las secciones de Tecnología en los últimos días, desde hace años existen varias empresas en España que se dedican al borrado de información o enlaces en Internet. Una de estas mercantiles es ePrivacidad, cuya misión es la de proteger la intimidad y la privacidad de los ciudadanos en la Red para que puedan recuperar su anonimato y defender la reputación de empresas o negocios.
Samuel Parra, uno de los socios de esta empresa, señala que desde la ciudad autónoma no suelen recibir “muchas peticiones de ciudadanos que quieran proteger su privacidad en Internet aunque sí se nota un incremento sustancial con el paso de los años”. Según la estadística interna de ePrivacidad , en el año 2011 registró tres peticiones; en 2012 contabilizó cinco; en 2013 aumentó a ocho, y en lo que va de 2014 ya han recibido seis peticiones. Con anterioridad a 2011, solo tuvo un caso.
Por otro lado, a nivel nacional y en lo que respecta a procedimientos de tutela de derechos abiertos (relacionados con cualquier asunto, no solamente derecho al olvido) o que llegaron a la Agencia Española de Protección de Datos en el año 2012, desde la ciudad autónoma se iniciaron tan solo dos del total de un total de 2.188 casos de ese año, mientras que en el año 2011 fueron tres los procedimientos del total de 1.902.
Parra considera oportuno transmitir correctamente el mensaje sobre este derecho al olvido: “La sentencia que se conocía la semana pasada no ha venido a reconocer este derecho al olvido que de hecho ni existe como tal, lo único que ha hecho es analizar si a Google, como buscador, se le aplica nuestra normativa de protección de datos, y ha dicho que sí se aplica, igual que se aplicaría en otra empresas”.
Al aplicarse la normativa nacional, se aplican también los artículos relativos al ejercicio de derechos que tienen todos los ciudadanos, en concreto los derecho de oposición y cancelación que en último término y aplicado a Google podría suponer la eliminación de algunos resultados de su buscador “si se reúnen el resto de requisitos que exige la normativa, que son muchos”, apuntó Parra. Esto significa que no se ha creado ningún derecho nuevo y que Google no va a eliminar cualquier cosa que el ciudadano le pida.
La eliminación de los datos de internet no tiene un único procedimiento concreto, va a depender de qué información se quiera eliminar, quién la tiene alojada o cuánto tiempo lleva alojada. A grandes rasgos existen dos mecanismos: los técnicos que no requieren de la intervención de quien publicó la información originalmente y los legales donde, de una forma u otra va a ser quien publicó la información (o el responsable de la plataforma donde esté publicada) quien los va a retirar.
Los recursos extrajudiciales –un simple aviso para que se borre cierta información–, los judiciales o incluso los medios técnicos –como la creación de nuevos contenidos para que la información perjudicial no aparezca hasta la quinta página de resultados del buscador– son algunas de las herramientas que utilizan las empresas de este sector.
Por normativa vigente esencial, este portavoz de ePrivacidad cita, dentro del ámbito nacional, la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal; también la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen; también los tipos penales relativos a injurias y calumnias, revelación de secretos del Código Penal, enumeró su responsable.
Casos de ‘derecho al olvido’ registrados en la ciudad
BOCCE
Proceso disciplinario a un funcionario que se publicó
El Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE) publicó el procedimiento disciplinario contra un funcionario. Éste es uno de los casos que llegaron a ePrivacidad ejerciendo el ‘derecho al olvido’. Son habituales las peticiones de borrado de datos por impagos o deshaucio en boletines.
Blog
Insultos, exhibición del domicilio y teléfono
Esta misma empresa también atendió a un cliente que deseaba eliminar unos comentarios vertidos en un blog en blogspot.com cuya finalidad era la de insultar y publicar el domicilio y el número de teléfono del ceutí interesado en contratar sus servicios.
Youtube y Facebook
Unos vídeos y fotografías subidas de tono
Esta sociedad también tuvo el caso de eliminar algún vídeo en el sitio web Youtube y fotografías subidas de tono en Facebook, “fotografías y vídeos que fueron colgados sin consentimiento de nuestra clienta”, añadió. Las redes sociales son uno de los espacios en los que se registra una mayor incidencia de estas situaciones.