Convocatoria pública. La Ciudad ha dado a conocer la aprobación del procedimiento para otorgar un total de cinco licencias provisionales sobre el dominio público, por un plazo de un año prorrogable, en régimen de uso común especial, para la instalación de 5 kioscos desmontables homologados para la venta de golosinas, helados y/o periódicos y revistas.
De acuerdo con lo que establece el documento, el consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, Alejandro Ramírez, indica como ubicaciones de los mismos: San Amaro (acceso al parque); Marina Española (frente a Patio Páramo); Marina Española (bajada recinto ferial); Juan XXIII (Francisco Javier Sauquillo); Avenida Capitán Claudio Vázquez (frente al Matadero).
No se toman en cuenta “aquellas ubicaciones sobre las cuales las competencias en vía pública dependen de otros organismos, tales como dominio marítimo-terrestre, zona portuaria, carreteras nacionales”, se explica en la resolución.
Asimismo, la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos pone de manifiesto las características que deben tener estas instalaciones, incluyendo, por ejemplo, que la ocupación de la acera “en ningún caso podrá ser superior a 1/3 de su anchura libre, sin que pueda autorizarse instalaciones en aceras cuya anchura no permita el libre paso peatonal (1,50 metros)”.
Igualmente, establece que la instalación se dispondrá a una distancia de 0,40 metros del bordillo como mínimo y nunca adosada a fachada, entre otros detalles que deben respetarse.
Los solicitantes deben ser personas físicas mayores de edad, que no se encuentren incursas en las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Adicionalmente, los interesados en obtener la adjudicación de alguna de estas cinco licencias deben acreditar las circunstancias de necesidad; no ser titular de otra licencia provisional sobre el dominio público para el aprovechamiento y utilización de kiosco; reunir los requisitos higiénicos-sanitarios pertinentes para el desarrollo de la actividad solicitada; ser titular de un kiosco o al menos ostentar su legal disponibilidad.
De padecer minusvalía física o psíquica, esta no puede impedir el desarrollo de la actividad.
En lo que respecta al plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Las solicitudes tienen que estar dirigidas a la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos de la Ciudad Autónoma de Ceuta con la documentación requerida, debidamente cumplimentadas, firmadas y formuladas conforme al modelo normalizado.
Los criterios de adjudicación incluyen las circunstancias de necesidad del solicitante, entre las que se incluye situación legal de desempleo (igual o inferior a 6 meses de permanencia en paro 5 puntos; igual o inferior a 12 meses de permanencia en paro 10 puntos; igual o inferior a 18 meses de permanencia en paro 15 puntos y más de 18 meses de permanencia en paro 25 puntos en la baremación).
También se considerará la prestación social por desempleo: sin subsidio 5 puntos y con subsidio 2.5 puntos en la baremación.
La pertenencia a una familia numerosa también se valorará con un máximo de 20 puntos, así como la percepción de renta de la unidad familiar (si percibe renta superior al salario mínimo interprofesional 5 puntos, si percibe renta igual o inferior al salario mínimo interprofesional 15 puntos y si no percibe renta alguna serán 30 puntos en la baremación).
La discapacidad no invalidante para ejercer la actividad igual o superior al 33% tendrá 5 puntos en la baremación y el tener un kiosco en propiedad o disponible otorgará un máximo de 20 puntos.
La información fue publicada en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, con fecha de publicación del 26 de julio.
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