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Tres condenados por una estafa con la venta de botes de Red Bull

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a tres personas por incurrir en un delito de apropiación indebida, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Los tres acusados, J.A.G.L., M.G.P. y M.P.P., reconocieron los hechos por lo que no fue necesaria la celebración de juicio oral tras alcanzarse una conformidad entre las partes.
Los tres han sido condenados a una pena de 1 mes y 15 días de prisión, a sustituir por una multa de 3 meses con abono de cuota diaria de 2 euros, es decir, 180 euros. Al margen de la condena, se fijó el compromiso del abono de un montante total de 15.776 euros entre los tres por los perjuicios causados.

Los hechos ocurrieron en 2013, por lo que se aplica una atenuante de dilaciones indebidas

Dos de los acusados eran socios de la empresa Paradysse Importaciones, dedicada a la compra y venta de bebidas. Se considera probado que en mayo de 2013 concertaron con otra empresa comercial ubicada en el polígono de la Chimenea, en el Tarajal, la venta de más de 85.000 botes de bebida energética Red Bull, por un importe de 59.875 euros. Los dos acusados junto al tercero se pusieron de acuerdo para el suministro de esta mercancía que tenían que hacer llegar a Ceuta.
Las víctimas de esta apropiación indebida confiaron en que iban a recibir esa mercancía, realizando una transferencia por importe de casi 12.000 euros a modo de anticipo por la cantidad de bebidas energéticas que habían acordado percibir. Lo que no sabían es que los acusados, buscando sacar un provecho económico, se apropiaron del dinero y se lo repartieron entre ellos sin cumplir con el acuerdo comercial alcanzado.

Los tres acusados aceptaron las penas, que se sustituyen por multa

Aquella decisión derivó en una denuncia y en el inicio de un procedimiento judicial por delito de apropiación indebida. En la calificación inicial se solicitaba una pena de más de 2 años de cárcel, pero tras el acuerdo alcanzado entre las partes y tras el reconocimiento de la comisión del delito, se alcanzó esta conformidad, avalada por el visto bueno de la Fiscalía, Defensas y Acusación Particular.

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