El Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó este jueves a dos personas por incurrir en un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Los dos acusados reconocieron los hechos por lo que se dictaron sentencias por conformidad sin necesidad de la celebración de juicio.
Así, uno aceptó una pena de 4 meses de multa a 10 euros diarios más ocho meses de privación del permiso de conducir. Todo ello tras haber sido sorprendido conduciendo bajo el efecto de las bebidas alcohólicas lo que provocó que terminara chocando contra una farola. El acusado reconoció los hechos aplicándose una atenuante de confesión tardía.
El otro condenado tuvo una sanción mayor, ya que al delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas se suma otra condena por negarse a que se le realizara la prueba de alcoholemia por parte de la Policía. Por el primero de los delitos aceptó una pena de 6 meses de multa con una cuota de 6 euros diarios a lo que se suma un año y un día de privación de conducir.
Por negarse a que se le sometiera a la prueba de alcoholemia, se le condena a 6 meses de prisión y a otro año y un día de privación de conducir cualquier vehículo a motor. Además deberá abonar 100 euros por las lesiones causadas a una persona y otros 272 por los daños ocasionados a un vehículo.
Al carecer de antecedentes se le suspendió la pena privativa de libertad pero deberá hacer frente a las multas impuestas además de cumplir el tiempo sin poder circular al tener que acatar la sanción.
En otro orden de cosas, el Juzgado de lo Penal ha dejado visto para sentencia un caso de quebrantamiento en el que el acusado es un joven que no cumplió las medidas de libertad vigilada que se le impusieron cuando, siendo menor, fue condenado por un robo con violencia. Al cumplir la mayoría de edad y tener permiso de residencia, marchó de Ceuta al País Vasco, sin comunicar al área de Menores su nuevo destino para continuar con el tiempo de condena que le quedaba.