El joven reconoció haber golpeado a su ex-pareja y se conformó con la pena.
La titular del juzgado de lo Penal número uno dictó ayer sentencia firme condenatoria contra un hombre acusado de cometer un delito de malos tratos simples, recogido en el artículo 153.1 del Código Penal. La pena que se le impuso consistió en 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, dos años de prohibición de tenencia y porte de armas y el mismo tiempo de prohibición de acercarse y comunicarse a través de cualquier medio con la víctima. El joven acusado se conformó con la pena que le ofrecía el representante del Ministerio Fiscal y se reconoció la comisión de los hechos.
La jueza advirtió al acusado sobre la posibilidad de incurrir en unos delitos de quebrantamiento de condena o desobediencia en caso de no acudir a cumplir con los trabajos en beneficio de la comunidad o en caso de incumplir cualquiera de las prohibiciones que se le han impuesto.
Los hechos que se enjuiciaron tuvieron lugar el pasado 2 de mayo, sobre las 5.00 horas, en la carretera del Monte Hacho. Según se dijo durante el juicio, el joven mordió a su pareja en una de las muñecas y le propinó diversos golpes en distintas zonas de su cuerpo. Del relato de hechos se eliminó la referencia a unos posibles insultos y amenazas que se creía en un principio que el joven dijo a su ex-pareja. El motivo de esta reacción violenta fueron los celos, según fuentes judiciales.
El chico no sólo se conformó, sino que manifestó estar completamente arrepentido por su forma de actuar aquella madrugada.





