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Condenado tras atentar contra la Policía Local en Sidi Embarek

El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado al llamado O.E.M. por dos delitos de quebrantamiento de condena, uno de amenazas, otro de atentado y dos más de lesiones leves.

Este es el rosario de sanciones que tendrá que afrontar el protagonista de una complicada detención llevada a cabo por la Policía Local el pasado 5 de abril en Sidi Embarek.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se considera probado que al acusado le constaba una condena firme en la que se recogía el obligado cumplimiento de medidas de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de dos trabajadores de una oenegé y de la propia mezquita de Sidi Embarek.

A pesar de conocer esos extremos se acercó al lugar incurriendo ya en un quebrantamiento. Al personarse la Policía Local, perfectamente uniformada, atentó contra los agentes llegando a asestar un cabezazo a uno de ellos. Varios miembros de la Policía tuvieron que intervenir para lograr reducir al ahora condenado, arresto que fue recogido por las cámaras de FaroTV.

Además de resultar dos agentes lesionados, también sufrieron daños en sus pertenencias.

Las condenas impuestas, una a una

En la condena dictada por su señoría se ha aplicado la atenuante de embriaguez. Se le impone así 12 meses de multa a razón de 6 euros diarios por cada uno de los dos delitos de quebrantamiento.

Por las amenazas leves se le ha condenado a un mes de multa a razón de 6 euros diarios, así como se ordena la prohibición de acercamiento durante 5 meses a menos de 100 metros de los dos trabajadores que desarrollaban su labor en los bajos de la mezquita, en Luna Blanca.

Por delito de atentado, se le ha condenado a 1 año y 9 meses de prisión; pena que además no puede ser suspendida por los antecedentes que tiene el acusado, aunque puede ser sustituida por la expulsión de España durante un periodo de 7 años tras haber cumplido las dos terceras partes de esa condena.

En relación a los dos delitos leves de lesiones, se le ha condenado a un mes de multa a razón de 6 euros diarios, y deberá indemnizar a cada uno de los dos policías atacados con 300 euros.

Las testificales que pudieron escucharse en la vista oral celebrada han sido suficientes como para enervar la presunción de inocencia del acusado, evidenciándose así la comisión de los distintos delitos por los que fue acusado e ingresado en prisión preventiva en donde permanece.

A pesar de que la sentencia no es firme, se ha acordado la prórroga de la prisión preventiva por el riesgo de que, estando en la calle, pueda seguir quebrantando la orden de alejamiento respecto de dos trabajadores de la oenegé a sabiendas de la reiteración en su conducta.

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