Categorías: Tribunales y justicia

Condenado por asesinato, el Fiscal pide 15 años de cárcel para Ángel José

Ya hay veredicto. A las doce y media de la noche del pasado viernes, el jurado constituido para deliberar en torno al crimen de San Amaro, daba la voz de aviso a los funcionarios de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. Habían llegado a un acuerdo. Así que empezaron a sonar los teléfonos: se avisó a los fiscales, al abogado defensor, al de la Defensa, al propio acusado y al magistrado, quienes debían estar presentes para escuchar el veredicto y las conclusiones a las que habían llegado los once miembros del jurado.
A la una y media de la madrugada, y en audiencia pública, la portavoz del jurado resolvía la incógnita con la siguiente lectura: “Por unanimidad encontramos al acusado Ángel José Pascual García culpable de haber dado muerte violenta, sin darle opción de defensa a Francisco José Fores Pecino”. Por unanimidad de todos los integrantes del jurado se había resuelto la balanza hacia uno de los delitos: asesinato, pero incluyendo dos atenuantes: la presencia de un trastorno psíquico reconocido en el acusado además de la confesión de los hechos a la Policía, antes de iniciarse un procedimiento judicial en torno a este crimen. Que el jurado haya acordado la existencia de ambos atenuantes fue valorado por el letrado de la Defensa, Abselam Abderrahaman, ya que esto podría suponer la rebaja de un grado en la pena que, en los próximos días, dicte el magistrado Jesús Bastardés. Teniendo en cuenta que en el uso del ejercicio de la palabra el fiscal José  Luis Puerta solicitó que se le impusieran 15 años de cárcel al acusado, la condena final podría verse rebajada hasta los doce años, lo que habría colmado la petición inicial que, antes de la celebración de este complicado juicio, hizo pública el propio Abderrahaman. No obstante, y dirigiéndose al magistrado Bastardés, el letrado le pidió que tuviera en cuenta una atenuante muy cualificada para que “jamás se dictara una pena superior a los diez años”.
Los miembros del jurado han atendido como elementos de convicción para alcanzar el veredicto “las declaraciones de los testigos” que declararon, pero “principalmente la del acusado Ángel José Pascual, así como las de los especialistas en Psiquiatría y Psicología”.
El jurado han considerado como hecho no probado en su veredicto que el “síndrome de Asperger le produjera el día 26 de mayo de 2010 una limitación de su capacidad intelecto-cognitiva”. Por unanimidad de los miembros han considerado que esto no fue así, dando como no probado uno de los hechos favorables a Ángel José que habían sido incluidos en el objeto del jurado. Como segundo hecho no probado, también por unanimidad, el jurado considera que el acusado no tenía limitada su capacidad intelectiva y volitiva. Según explicó la portavoz del jurado consideran ambos puntos no probados porque “en ningún momento los especialistas demostraron su limitación”.
Terminada la exposición del jurado el magistrado Jesús Bastardés dio por finalizada la sesión no sin antes dirigirse a los miembros del tribunal para indicarles que ya podían marcharse tranquilos a sus casas, quedando, dijo irónicamente, “en libertad”. Mientras el acusado, que acudió a escuchar su veredicto con un rosario al cuello -el que le había entregado una prima suya y que estaba bendecido-, era retornado por la Policía Nacional a la prisión, cuando poco quedaba ya para que los relojes marcaran las dos de la madrugada.

La primera información del veredicto, en el faro digital

Con ‘El Faro’ en su edición escrita ya en rotativa e impreso, preparado para su reparto -se estuvo aguantando la edición hasta última hora-, este medio apostó por la inmediatez ante un caso que ha suscitado gran interés mediático. Así que a los pocos minutos de conocerse el veredicto del jurado, ‘El Faro’ publicaba en su edición digital el resultado, pasadas las dos de la madrugada, aportando los primeros detalles. A través de las redes sociales, se daba a conocer en primicia el primer avance de lo que ya hoy le desarrollamos con detalle.

Los detalles del acta de votación hecha público por el jurado

Por unanimidad queda probado que... el acusado, que era mayor de edad el día del crimen, se hizo con un cuchillo jamonero y unos guantes de látex, se quedó en calzoncillos y acudió a la habitación en donde dormía su padrastro. Abrió la puerta, entró agachado sin encender la luz y aprovechó la oscuridad para producirle una herida bajo la línea mamaria que le produjo la muerte a su padrastro. Actuó de forma sorpresiva para causarle la muerte.  
Por unanimidad queda probado también... que el síndrome de Asperger le provocaba una limitación de su capacidad volitiva y que antes de iniciarse el procedimiento judicial confesó a la Policía que había dado muerte a su padrastro. Así también y por unanimidad queda probado que el acusado en su primera declaración narró cómo había cometido el crimen y que en el acto del plenario al ser interrogado por las acusaciones no expuso los detalles determinantes de la forma de llevar a cabo el hecho.
Hechos que determinan el grado de ejecución... El jurado considera como hechos probados y por unanimidad que el acusado padecía el síndrome de Asperger y como consecuencia tenía limitada su capacidad volitiva pero conservada la intelectiva. Además de que confesó la ejecución del crimen antes de iniciarse el proceso judicial.

El voto en contra de un miembro del jurado

A pesar de la premura en conocerse el veredicto del jurado, no todos los miembros lo tuvieron tan claro en torno a los hechos alegados por el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular. Hubo un miembro del equipo elegido a modo de tribunal en esta causa que votó en contra de dos de los hechos considerados desfavorables para Ángel José Pascual. Se trata en concreto del punto que hace referencia a que el acusado, “con la intención de acabar con la vida de Francisco Fores le clavó el cuchillo en el costado” y al punto relacionado con que el acusado “se aseguró de que Francisco José Fores no pudiera defenderse”.
En estos puntos aparecen un voto en contra -en cada uno de ellos-, por lo que pudieron salir adelante por mayoría y no por unanimidad. ¿Esto qué significa? Que al menos hubo una persona que se encontraba entre los miembros del jurado que no tenía tan claro como el resto que Ángel José quisiera acabar con la vida de su padrastro y que además se hubiera asegurado que no pudiera defenderse, por lo que sus intenciones criminales estaban más cercanas al homicidio que al asesinato.
Por cierto que al término de la vista judicial se llevó a cabo una comparecencia para resolver la situación de prisión provisional del acusado, ya que éste cumplirá el próximo 27 de mayo los dos años en prisión y había que decidir si se prorrogaba su encarcelamiento provisional antes de la sentencia o no. La Acusación y el Ministerio Fiscal pidieron que se hiciera ante el riesgo de fuga existente y ante el peligro de que Ángel José pudiera volver a actuar de manera criminal. La Defensa se opuso pero finalmente el magistrado ordenó a los agentes que lo trasladaran de nuevo a la cárcel.
El acusado, tras escuchar el veredicto, permaneció impasible dando la sensación de que, realmente, ni se había dado cuenta que se le había considerado asesino de su padrastro.

En directo, nada más leerse el fallo del jurado a través de www.elfarodigital.es
Los detalles del acta de votación hecha público por el jurado

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