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Condenado por pasar 30 kilos de hachís: su tapadera, viajar con su hijo

El acusado ha reconocido los hechos y ha aceptado la pena de 3 años y 4 meses de prisión

El Tribunal de Instancia en la sección de lo Penal número 2 de Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra un joven acusado de un delito contra la salud pública, apreciándose además la agravante de notoria importancia, dada la cantidad y naturaleza de la sustancia intervenida.

El acusado, que fue conducido desde la prisión hasta la sede judicial, reconoció expresamente los hechos que se le imputaban y manifestó su conformidad con la pena impuesta.

Así, aceptó tres años y cuatro meses de prisión, así como el pago de una multa que asciende a 52.183 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de tres días de privación de libertad en caso de impago.

Los hechos objeto de enjuiciamiento, a los que se hizo referencia durante el acto de conformidad, tuvieron lugar el 7 de diciembre del año pasado, cuando agentes de la Compañía Fiscal y del Grupo Cinológico de la Comandancia de la Guardia Civil de Ceuta realizaban una intervención preventiva en el marco de un control rutinario.

Desarrollo de los hechos y pruebas

Durante dicho control, el acusado, que viajaba acompañado de su madre y de su hijo menor de edad, se disponía a embarcar en un ferry, momento en el que fue interceptado por los agentes de la Guardia Civil para una inspección más exhaustiva.

Esa fue su tapadera, viajar fingiendo conformar una unidad familiar.

La actuación policial se intensificó tras la alerta del can detector, que marcó positivamente la posible presencia de sustancias estupefacientes.

Ante este indicio, los agentes procedieron a apartarlo del resto de viajeros para realizar un registro más minucioso del vehículo en el que se desplazaba.

Como resultado de la inspección, los funcionarios localizaron la droga oculta en un doble fondo habilitado en el salpicadero del vehículo, incautándose un total de 28.522 gramos de sustancia con un contenido de THC del 57,7%, cuyo valor en el mercado ilícito fue estimado en 52.183 euros, lo que fundamentó la aplicación del agravante de notoria importancia.

El acuerdo previo entre las partes evitó la celebración de la vista oral que estaba fijado para este miércoles en la sección de lo Penal número 2 de nuestra ciudad.

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