El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a B.E.H.A.L. por una simulación de delito. El acusado reconoció y aceptó la pena de 2 meses de multa a razón de 3 euros diarios con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas.
Se le aplicó una atenuante muy cualificada de reconocimiento de los hechos, ya que los reconoció desde el principio.
La historia a la que se hizo referencia en esta conformidad ocurrió el 27 de junio de este mismo año. El acusado se personó en la Jefatura Superior de la Policía Nacional para presentar una denunciar indicando que se encontraba en la playa de Benítez y que tras un descuido le sustrajeron el teléfono móvil de la marca iPhone, valorado en 1.268 euros.
Cuando la Policía empezó a investigar, tras unas preguntas al acusado, éste les reconoció que había mentido y que no le habían sustraído nada. En ese momento fue detenido y puesto a disposición judicial por simular un delito.
Eso sí, el reconocimiento de los hechos desde la primera fase le sirvió al acusado para una reducción de la multa impuesta. Antes de la conformidad, el Ministerio Fiscal pedía la pena de 3 meses de multa a razón de 10 euros diarios.
La Policía advierte de que si te encuentras un teléfono y te lo quedas es delito, por lo que se insta a acudir a cualquier comisaría para documentar su localización e identificar al dueño.
Con este mensaje corto y claro, la Policía Nacional avisa en las redes sociales de un hecho prácticamente desconocido por los ciudadanos.
Según el Código Penal, serán castigados con la pena de multa de tres a seis meses los que, con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa perdida o de dueño desconocido, siempre que en ambos casos el valor de lo apropiado exceda de 400 euros. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años.