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Condenado por estafar con el alquiler de una casa a través de Milanuncios

La Audiencia impone una pena de 1 año y 9 meses además del pago de 710 euros

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a un implicado en una estafa mediante el alquiler de una vivienda a través de Milanuncios. Le impone una pena de 1 año y 9 meses de cárcel además del pago de 710 euros en concepto de daños y perjuicios.

En la sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se considera probado que en febrero de 2022 el perjudicado ingresó mediante una transferencia normal y otra vía Bizum 710 euros.

El ahora condenado, con múltiples y variados antecedentes penales, fingió llamarse David simulando ser el propietario de un inmueble ubicado en Madrid publicitado a través del portal Milanuncios en el que ofrecía el alquiler turístico de una casa.

Era una estafa porque A.M. no tenía intención de cederla pero sí de hacerse con el dinero entregado para su alquiler.

Se hizo pasar por miembro de una empresa de alquiler pero sus artimañas quedaron al descubierto cuando la víctima verificó que se trataba de una estafa. Llegado el día de disfrutar del inmueble pudo comprobar que la empresa no existía, tampoco le atendían por teléfono ni vía correo electrónico. No podía por tanto disfrutar de la casa ni tampoco recuperar el dinero adelantado.

El ahora condenado tuvo "conciencia previa" de que "no iba a cumplir con la obligación"

Gracias a la investigación de la Policía Nacional previa denuncia de lo sucedido se pudo identificar al estafador. La Audiencia considera que ha habido prueba de cargo suficiente y válida para enervar la presunción de inocencia del acusado, apreciándose claramente su “ánimo de utilizar un ardid, en este caso un anuncio a través de internet, para crear un engaño dando lugar a que la víctima, sobre esta falsa realidad, realice un acto disposición patrimonial a su favor”, se recoge en la sentencia contra la que cabe recurso.

Las transferencias realizadas quedan verificadas que disponían como titular al acusado quien tuvo “conciencia previa” de que “no iba a cumplir con la obligación” de alquilar una vivienda.

En la condena no se ha considerado la existencia del subtipo agravado

La condena se dicta por delito de estafa sin aplicación del subtipo agravado que pretendía la acusación particular.

Sentencias de este tipo terminan siendo ejemplares por cuanto cada vez se producen más estafas aprovechándose de la buena fe de los clientes, empleando todo tipo de artimañas para causar el engaño y hacerse con diversas cantidades de dinero.

La clave está en denunciar para que las fuerzas de seguridad puedan dar con los implicados y la Justicia a su vez dictar resoluciones judiciales.

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