Tres meses de prisión al concurrir la atenuante de reparación del daño. Esa es la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta a un vecino de Guipúzcoa llamado U.M.A., que reconoció ser autor de un delito de estafa y otro de descubrimiento de secretos, motivo por el que se le rebajó la pena inicial que solicitaba el Ministerio Fiscal en su primera calificación. La pena de cárcel quedó suspendida durante dos años ya que el acusado carece de antecedentes, además efectuó la devolución del dinero estafado, más de 3.800 euros.
Los hechos a los que hace referencia la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se produjeron en diciembre de 2018 cuando realizó una transferencia bancaria de 3.806 euros desde la cuenta de la perjudicada, residente en Ceuta, a su propia cuenta bancaria. Lo hizo sin conocimiento de la víctima, pudiendo acceder a los datos bancarios de la misma sin su consentimiento. El llamado U.M.A. asumió la parte que había estafado, siendo uno de los artífices en una estafa mucho mayor que afectó a la misma víctima y de la que tendrán que responder en otros juicios los acusados.
"En la condena se tuvo en cuenta la devolución del dinero que fue estafado”
En sentencia se manifiesta la responsabilidad del implicado al haber ejecutado directa y voluntariamente los hechos que luego reconoció ante la magistrada titular del Penal número 1, tras acuerdo entre las partes representadas: Defensa y Fiscalía.
La pena de prisión quedó suspendida bajo el apercibimiento de que no puede delinquir en los próximos dos años, ya que de ser así deberá cumplir esos tres meses de prisión amén de la derivada de su nueva acción delictiva.