El magistrado juez 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta ha condenado a un joven que fue detenido en noviembre de 2025 por la Guardia Civil tras enviarse 20 kilos de hachís en dos paquetes a través de Correos. Él figuraba como destinatario y remitente.
La historia, rocambolesca donde las haya, terminó en el juzgado, dando pie a un procedimiento contra la salud pública distinto por el modus operandi seguido para traficar con droga.
Se le ha impuesto una condena de 3 años y 5 meses de prisión, además del abono de una multa de 280.000 euros.
En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se considera probado que, en la tarde del 7 de noviembre de 2025, el llamado M.R.M.Ch. acudió a la oficina de Correos de la plaza de España para enviar dos paquetes, poniendo una dirección de una vivienda en Algeciras y a él mismo como destinatario.
Dentro había 20 bloques de hachís que alcanzaron un peso de algo más de 20 kilos que se iban a destinar a la venta a terceras personas.
La condena se sustenta en hechos como el propio hallazgo del hachís en los paquetes que acababa de enviar el ahora condenado. Una sustancia advertida por un vigilante de seguridad de Correos que fue quien, tras detectar los bultos sospechosos por el escáner, avisó a la Guardia Civil.
Los agentes comprobaron que los paquetes de hachís estaban ocultos entre capas de ropa y platos, además de que el acusado se había reseñado como remitente y destinatario.
El joven indicó que solo había participado en la recogida de los paquetes y el envío, ya que eran de otra persona. Él solo estaba haciendo ese trabajo porque era autónomo dedicado a realizar portes y mudanzas.
Para su señoría existe, no obstante, prueba de cargo suficiente para declarar que el acusado estaba relacionado con el hachís, a pesar de que en la vista oral celebrada el pasado 7 de julio manifestara que un tercero le había contratado para enviar los paquetes sin lograr dar detalles de su identidad.
El magistrado no ha creído su versión. De hecho, en sentencia recalca que su argumento exculpatorio no explica “cómo un profesional podría contratar los servicios de un extraño sin recoger su identidad al menos para garantizar su posición civil y para entregarle el paquete que habría de recoger él mismo en su destino o para autorizarle su recogida, pues la razón y las máximas de experiencia indican el absurdo de tal posición”.
“No se ve cómo podría cumplir con el deber profesional aducido sin saber cómo o a quién entregar los paquetes y su destino, salvo que los paquetes fueran para sí mismo, razón por la cual se puso a él como destinatario por muy cándido que pudiera parecer este modo de proceder del acusado”, puntualiza el magistrado.
La sentencia condenatoria no es firme, contra la misma cabe recurso. El acusado rechazó una conformidad previa a la celebración de la vista oral porque mantuvo su inocencia. De hecho, insistió en que si “hubiera sabido que había droga no habría dado mi DNI”.
Dijo que, tras su detención, pidió a su esposa que intentara localizar telefónicamente al hombre que le había encargado el porte, aunque el teléfono ya aparecía apagado.
Cuando la Guardia Civil abrió los paquetes en Correos localizaron 20 piezas de hachís, 11 en una de las cajas y 9 en la otra, ocultos entre prendas de ropa y diversos objetos de menaje. El peso total de la droga alcanzaba los 20.600 gramos.
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