El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a un varón identificado como A.M.A. por tres delitos de prostitución de menores, por los que deberá cumplir 1 año de cárcel por cada uno de los delitos. Es decir, en total 3 años.
A esas penas de cárcel, que debe cumplir, se suma una medida de alejamiento y comunicación respecto de cada una de las 3 víctimas por un periodo de 4 años, así como el cumplimiento de 1 año de libertad vigilada.
A.M.A., que tiene que cumplir las penas de cárcel, no podrá trabajar en cualquier oficio que tenga contacto con menores durante 6 años, además de perder la patria potestad durante 4.
En concepto de responsabilidad civil, se le impone el pago de 15.000 euros a cada una de las dos víctimas, ya que una desistió de ello.
La Audiencia le ha dado de plazo hasta el 6 de abril para entrar de manera voluntaria en la prisión de Mendizábal. En días tendrá que presentarse en el centro penitenciario ya que, de lo contrario, la Policía procedería a su detención y entrega forzosa.
Se ha considerado probado, porque el mismo acusado lo ha reconocido, que A.M.A. mostró una conducta libidinosa, con ánimo claro de atentar contra la indemnidad sexual de varios menores, lo que afectó a su integridad y bienestar emocional.
Fueron un varón y dos chicas sus víctimas, todas menores de edad. Ofrecía dinero a cambio de tener relaciones sexuales con ellos, llegando a practicar sexo a pesar de que conocía que no tenían 18 años.
Los hechos se produjeron entre noviembre de 2022 y julio de 2023. Con una de las víctimas, en concreto el chico, mantuvo relaciones en su propia casa sabiendo que era menor de edad, aunque desconocía que tenía menos de 18 años.
En otra ocasión, una de las víctimas, una chica, acudió junto a su amigo a casa del ahora condenado, con quien también mantuvo relaciones sexuales no habiendo alcanzado los 18 años.
En una tercera ocasión, mantuvo relaciones también en su vivienda con otra de las menores víctimas, desconociendo que tenía menos de 16 años.
Con todos ellos contactaba a través de redes sociales utilizando perfiles concretos y un alias.
La Audiencia ha condenado al acusado aplicando la figura jurídica de la conformidad ya que ha existido un reconocimiento de la comisión de los delitos cometidos, por lo que no ha sido necesaria la celebración de la vista oral.
Este caso se encuadra en la llamada Operación Varsovia, que llevó a cabo la Policía Nacional para esclarecer la comisión de delitos sexuales contra menores en los que estaban implicados adultos.
Los agentes del CNP hicieron varios seguimientos demostrando que existían contactos vía redes sociales de personas mayores de edad que terminaban teniendo relaciones con menores sabiendo que lo eran.
Esas relaciones las mantenían a cambio de dinero, ropa, regalos o, incluso, entregas de droga.
La UFAM de la Policía Nacional mantuvo la investigación bajo secreto buscando la mayor discreción al objeto de obtener pruebas que verificaran esos contactos amén de posteriores comportamientos, contando para ello con el respaldo de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana.
Hubo varias detenciones que dieron pie a procedimientos judiciales distintos, por lo que estos casos no han sido sometidos a juicio como un operativo único y amplio.
Ya ha habido varias condenas de varones que cometieron estas ilegalidades, quedando todavía varios procedimientos por llegar al ámbito judicial para el dictado de sentencia.
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