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Condenado por coacciones a un familiar del cabo Dris Amar

El delito se cometió tras el asesinato del miembro de Regulares y debido al procedimiento judicial iniciado | Solo se condena a uno de los tres acusados

El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado solo a uno de los cuatro acusados tras las amenazas recibidas por la familia del cabo Dris Amar, asesinado en uno de los garajes del antiguo Poblado Legionario en octubre de 2022.

Se trata del llamado N.M.A. a quien se le considera criminalmente responsable de un delito de coacciones, pero no de amenazas ni contra la administración de justicia. En la causa quedan absueltas las otras tres personas que se sentaron en el banquillo de los acusados, entre ellos ‘Laika’ y ‘Piolín’.

Al llamado N.M.A. se le impone una condena de 9 meses de prisión y una prohibición de aproximación durante 1 año y 9 meses a menos de cien metros del denunciante, así como orden de evitar cualquier contacto visual o de comunicación durante ese mismo periodo.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se considera probado que el ahora condenado amenazó a un hermano de Dris Amar poco después del terrible suceso, advirtiéndole de que le iba a pasar lo mismo que al cabo de Regulares si seguía adelante con la causa abierta por este crimen.

Denuncia en los juzgados de Madrid

El 12 de diciembre de 2022, meses después del asesinato, el hermano de Dris Amar denunció en los juzgados de Madrid la existencia de unas amenazas sufridas por él y miembros de su familia.

Las mismas se habrían hecho a través del teléfono, por mensaje o personalmente, con la intención de que los familiares no siguieran adelante con la causa y además pidieran a los testigos que no declararan en el momento del juicio.

Según la denuncia presentada en Madrid, se les habría amenazado en Marruecos con introducir droga en drones hacia ese país a su nombre para forzar así a que le culparan de un delito contra la salud pública además de con mensajes a través de Facebook y otro tipo de redes sociales.

En sentencia considera su señoría que la declaración del denunciante se mostró solo “coherente, sostenida, verosímil, no contradicha y carente de un ánimo avieso” en lo vertido contra N.M.A., al existir una persistencia en la incriminación, una verosimilitud, coherencia y no contradicción.

Esa misma condición no se da con el resto de los acusados.

En su calificación inicial, la Fiscalía y la Acusación Particular pidieron un total de 4 años de prisión; en concreto un año por amenazas, otro por coacciones y 2 por un delito contra la administración de la justicia. Finalmente solo hay una condena y por coacciones.

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