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Condenado a 11 años de cárcel por violencia de género a su ex y agresión sexual a la hija de esta

La sentencia recoge los continuos actos de "desprecio, control y sometimiento" a quien era su pareja y la agresión sexual cometida sobre la hija de esta

La Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un vecino de Ceuta a 11 años de prisión por la comisión de varios delitos asociados a la violencia de género.

El relato de hechos es estremecedor y recoge no solo la comisión de delitos de malos tratos, amenazas leves, vejaciones y maltrato habitual hacia su expareja, sino también una agresión sexual a la hija que esta tuvo en una anterior relación.

La sentencia es firme, ya que ha sido alcanzada tras un acuerdo entre la Fiscalía, la Acusación Particular y la Defensa, después de que el ahora condenado reconociera los hechos en una vista celebrada esta semana en Cádiz por este asunto de violencia de género registrado en Ceuta.

Tal y como se recoge en la sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se considera probado que este ceutí incurrió en una serie de delitos contra su ex que llegó a extender hacia la hija en común que tuvieron, pero, con una mayor gravedad, hacia la de su exmujer, hasta el punto de agredirla sexualmente siendo menor de 16 años.

La relación de la pareja se extendió desde 2020 a 2023, fruto de la cual nació una hija cuya custodia pasó a su madre, estableciéndose visitas en el punto de encuentro familiar para el padre.

Los "continuos actos de desprecio, control y sufrimiento"

En febrero de 2024, en la barriada de Juan Carlos I, el ahora condenado, con el ánimo de retener a la niña en común, abordó a su ex a la salida de la escuela infantil ubicada en este lugar. Se produjo un forcejeo que causó lesiones de carácter leve a la menor.

Desde el comienzo de la relación en 2020, este varón sometía a quien por entonces era su pareja a “continuos actos de desprecio, control y sufrimiento anímico destinados a provocarle un menoscabo tanto corporal como psicológico y una sensación permanente de angustia, minusvaloración y sometimiento, insultándola, golpeándola y amenazándola”, se recoge en esta sentencia dictada por violencia de género.

La mayoría de los episodios relatados tuvieron lugar en la vivienda compartida y en presencia de las hijas menores de edad, aunque también acudió al puesto de trabajo de quien era su pareja.

Malos tratos incluso estando embarazada e insultos continuados

Hay episodios reconocidos de malos tratos, incluso en el periodo en el que estaba embarazada. En distintas ocasiones, la abofeteó o golpeó en el rostro con puños, tirones de pelo o golpes en la cabeza.

Tras dar a luz, en otros episodios recogidos en la resolución judicial, llegó a empujarla por las escaleras.

En diciembre de 2022 se recoge otro episodio grave, ya que le exhibió un arma, amenazándole con expresiones del tipo: “Te tienes que callar, me tienes que dar la razón a todo lo que yo diga, si no me haces caso, ya sabes lo que te espera”. No se ha podido concretar si el arma era o no de fogueo.

Durante la relación le decía “puta, guarra, no vales nada” y le escupía. Hechos que han sido recogidos en esta sentencia por violencia de género.

Agresión sexual a la hija de su expareja, que era menor

Durante la convivencia en el domicilio familiar en el año 2021, el ahora condenado aprovechando que su expareja se ausentaba del domicilio para ir a su puesto de trabajo, en una ocasión con la intención de satisfacer su deseo carnal y a sabiendas de que la hija de su ex era menor de dieciséis años, le obligó a realizar actos atentatorios de su libertad sexual y la agredió sexualmente.

Con total desprecio hacia su integridad física, la golpeaba, tiraba del pelo y arañaba y, para atemorizarla, le dijo: “Si dices algo mataré a toda tu familia”.

El procesado se encuentra en situación de prisión provisional en virtud de esta causa por violencia de género desde mayo de 2024.

El detalle de la condena acordada

La condena de 11 años de prisión y 30 días de localización es por 5 delitos de malos tratos (9 meses de prisión por cada uno y prohibición de aproximarse a menos de 100 metros y comunicarse por 3 años con las afectadas); por un delito amenazas leves (9 meses de prisión), por vejaciones (30 días de localización permanente), por maltrato habitual (21 meses de prisión) y por agresión sexual a menor de 16 años (4 años de cárcel y 5 más de libertad vigilada).

A esto se suma otra condena por malos tratos en el ámbito de la violencia doméstica (9 meses de prisión) y cumplimiento de órdenes de alejamiento durante años de las víctimas. Todos encuadrados en el marco de la violencia de género.

En concepto de indemnizaciones deberá abonar 10.000 euros a una de las menores por daño moral y 2.500 por lo mismo a su expareja.

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