La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2 ha condenado a 20 meses de prisión al llamado A.A., un inmigrante residente en las escolleras del puerto que ahora se encuentra en paradero desconocido y al que se le ha considerado responsable de dos delitos de amenazas contra empleados de la empresa Cepsa. En septiembre de 2018, haciendo uso de un cúter, amenazó a dos trabajadores siendo detenido con posterioridad por la Policía Portuaria. En la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se impone una pena superior a la mínima legal -que es de 6 meses- al tener en cuenta las “concretas amenazas de muerte del autor, blandiendo un cúter en su mano que incluso llegó a lanzar contra la cara de una de las víctimas sin alcanzarle, estando estos trabajadores desprotegidos, aprovechando el horario de madrugada y con escasa presencia de personas en el lugar”.
Los hechos a los que hace referencia esta condena se encuadraron en los sucesos de presión que sufren los trabajadores de Cepsa en el puerto, que les llevó incluso a movilizarse en la Plaza de los Reyes. Aquella madrugada, el ahora condenado les amenazó mostrándoles un cúter y profiriendo advertencias como la de que les iba a cortar el cuello. Que una de las víctimas no fuera lesionada en el rostro fue gracias a sus reflejos, apartando rápidamente la cara para no sufrir heridas.
La magistrada valora la “suficiente y contundente” actividad probatoria obtenida en el juicio oral celebrado hace unas semanas, en base a las “importantes testificales” de los dos afectados que de manera “firme y coherente” detallaron lo sucedido. Esas declaraciones fueron “persistentes, coherentes y coincidentes” además de ser corroboradas por otros testigos como compañeros de la empresa o los policías portuarios que acudieron a declarar y que fueron quienes detuvieron al autor de estos delitos. Narraron todo “con detalle” además de hacerlo de “manera racional, reiterada, firme y coincidente”. Cuando los policías portuarios detuvieron a A.A. le encontraron el cúter. El acusado ni siquiera acudió a prestar declaración, a pesar de haber sido correctamente citado, lo que se valora como una forma de evitar “efectuar manifestación o dar alguna otra explicación coherente a tales hechos”.
No se ha podido dictar condena por un delito de daños -también solicitado por el Ministerio Fiscal- al no haber pruebas de ser el responsable de apedrear uno de los coches.
En este asunto fueron dos las víctimas, pero en la fecha en que se celebró la vista oral varios compañeros acudieron única y exclusivamente para mostrar su solidaridad con los afectados y estar junto a ellos. Era una manera de expresar que una situación así puede ocurrirle a cualquiera. Y es que los trabajadores han denunciado en variadas ocasiones la situación de presión extrema a la que se enfrentan al sufrir no ya casos de amenazas, como el ahora sentenciado, sino también agresiones, intentos de robo o daños en sus propiedades. El trabajar en una zona como es el puerto supone una batalla diaria no exenta de peligros.
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