El Juzgado de lo Penal número 1 dictó ayer sentencia condenatoria por conformidad contra una mujer implicada en un delito de desórdenes públicos, después de que en noviembre de 2018 provocara con su actitud una avalancha en la frontera. La acusada, F.Z.B., reconoció los hechos y aceptó una pena por conformidad de 6 meses de prisión, que quedó suspendida al carecer de antecedentes penales. En la causa también figuraba como acusada su hija, M.A., que quedó absuelta ya que su progenitora asumió la culpa de lo ocurrido.
Los hechos a los que hace referencia esta sentencia que se alcanzó por conformidad entre las partes tuvieron lugar en noviembre de 2018, cuando las acusadas estaban en fila en el entorno del Tarajal para poder salir a Marruecos. Tal y como consta en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal que fue reconocido por la condenada, en un momento de aglomeración, madre e hija salieron de la fila y manifestaron a los guardias civiles que ellas eran “españolas, vamos a pasar que no somos como estas”, en alusión a las porteadoras que hacían fila.
Ante la negativa de los agentes dada la cantidad de personas concentradas, la acusada gesticuló e incitó a las demás personas a que salieran de la fila, provocándose una avalancha en la que llegó a haber varios heridos. En un principio la Guardia Civil también hizo constar la existencia de un delito de atentado al reseñar que se les hizo gestos amenazantes de cortar el cuello y se les indicó que sobre ellos caerían “las siete maldiciones de Alá”. Finalmente este delito de atentado ha sido retirado de la calificación definitiva llevada a juicio.
El reconocimiento de los hechos por parte de la madre ha exculpado a la hija, siendo condenada solo ella y por un delito de desórdenes públicos. Los hechos tuvieron mucha repercusión mediática porque además de que se tuvo que cortar la N352 para atender a los heridos ocasionados, hasta once, hubo una situación de elevada tensión que llevó a intervenir a la Guardia Civil y a los GRS.