Condenada tras negarse a abandonar un pub y atentar contra una policía

Zarandeó a una agente en pleno cacheo, además de arrojar un zapato y mostrarse agresiva

El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a una mujer identificada como Z.A. por un delito de atentado contra la Policía Nacional. Todo ello después de que arremetiera contra los agentes al negarse a abandonar un pub.

Les insultó, les arrojó un zapato y después zarandeó a una mujer policía cuando le cacheaba.

Se le ha impuesto una condena por atentado de 1 año de prisión, aunque la misma queda suspendida durante dos años. Se le absuelve de un delito de lesiones.

Los hechos, de madrugada, en octubre

La historia de esta condena, que va a ser recurrida, comienza en la madrugada del 11 de octubre de este año.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se considera probado que la fémina no quería abandonar un pub del centro de Ceuta, a pesar de que eran casi las dos y media de la madrugada y el local debía cerrar sus puertas.

Ante su negativa, los trabajadores tuvieron que llamar a la Policía. Personados los agentes, le requirieron en varias ocasiones que se marchara, pero la ahora condenada, con la intención de menoscabar el principio de autoridad, se negó.

Les lanzó un zapato

Y no solo eso, queda probado que les lanzó un zapato para, posteriormente, mientras una agente le cacheaba, agarrarle por los brazos y zarandearle con fuerza, por lo que los policías la tuvieron que reducir.

La acusada no compareció al acto de juicio oral, lo que llevó a que la vista se tuviera que celebrar en ausencia.

El magistrado ha tenido en cuenta las declaraciones de los policías, considerando que se trata de un “testimonio directo, fiel y cabal”.

A los agentes se les requirió porque la mujer estaba lastrando el buen orden y, cuando llegaron, la encontraron sentada en un taburete, negándose a marcharse y agresiva.

Empezó a quitarse ropa y cuando los agentes quisieron tranquilizarla les insultó y se abalanzó sobre una de las policías intervinientes.

Sin pruebas de consumo de droga o alcohol

En sentencia se considera que no hay prueba para contemplar algún tipo de atenuante o eximente, al no quedar verificado que estuviera actuando bajo el influjo del alcohol o las drogas.

En el dictado de la condena sí han sido tenidos en cuenta los nutridos antecedentes de la fémina, además de que acometió a la agente mientras la cacheaba.

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