El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a una mujer, identificada como H.L.A., por un delito de lesiones agravadas a la pena de 6 meses de prisión. Pena que queda suspendida durante un periodo de dos años. Además de esta medida privativa de libertad se impone otra de alejamiento respecto de la víctima de 100 metros durante dos años y el abono de 3.000 euros.
Los hechos a los que hace referencia esta conformidad se produjeron en julio de 2021, cuando la mujer se encontró en la Marina Española con otra fémina con la que mantuvo una discusión. En el transcurso de la misma se produjo una agresión con un instrumento no determinado.
La víctima sufrió lesiones en el abdomen y la zona axilar izquierda de las que tuvo que ser tratada en el hospital.
Hoy, casi dos años después, el caso ha llegado al Penal 2 y aunque estaba señalada la celebración de la vista con la presencia de un testigo de los hechos, se ha producido un acuerdo previo entre las partes lo que ha posibilitado el dictado de una conformidad.
Reconocimiento y abono de la responsabilidad civil
La acusada ha reconocido los hechos y aceptado su vinculación con el delito, por lo que además de asumir la pena de cárcel que queda suspendida bajo apercibimiento de no volver a delinquir tendrá que hacer frente al abono de un montante económico asociado a las lesiones que provocó y en concepto de responsabilidad civil.
El titular del Penal 2 ha dictado sentencia in voce tras el reconocimiento de los hechos sin que haya sido necesaria la celebración del juicio ni la entrada de acusada, víctima y testigos de los hechos.
La Policía Nacional fue la que investigó este asunto después de ser advertida desde el hospital del ingreso de una persona que presentaba lesiones producto de una agresión.