Condena de 30 años de cárcel por agresión sexual a sus sobrinos

La Audiencia dicta sentencia por hasta 6 delitos y recoge cómo fue responsable de un plan “maquiavélico” contra los menores

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ya ha dictado sentencia contra el varón que reconoció ante el máximo órgano judicial en nuestra ciudad haber abusado sexualmente de sus sobrinos.

Son 30 años de cárcel por 6 delitos de agresión sexual a menores.

El pasado 14 de octubre, el llamado A.B.S. no solo reconoció los hechos, sino que además aceptó las penas acordadas entre Fiscalía, Acusación Particular y Defensa.

Ahora, lo que hace la Audiencia es recoger negro sobre blanco, en resolución judicial firme, la condena con todas las prohibiciones y medidas que lleva aparejadas.

Agresiones sexuales continuadas en el tiempo

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se recoge que el ahora condenado, que permanece en prisión preventiva, abusó de cinco sobrinos aprovechando su relación de parentesco.

A lo largo del tiempo, atentó contra la libertad e indemnidad sexual de los niños en la vivienda familiar a la que acudían los menores de visita todos los viernes. Todo ello en periodos comprendidos en distintos años.

La Audiencia califica el plan aplicado por este individuo de “maquiavélico”, ya que el autor de estos hechos aprovechaba las reuniones familiares para agredir a sus sobrinos, utilizando esa cercana relación familiar y su diferencia de edad para imponerse y amedrentar a los pequeños que sufrieron todo esto en silencio.

Este medio obvia detalles recogidos en sentencia por respeto a la familia afectada y a los niños que fueron víctimas y que han sufrido “una gran inestabilidad y alteración relacional, funcional y emocional”.

Del reconocimiento a la sentencia firme

Aunque en su día hubo un reconocimiento expreso de los hechos, no se podía dictar una sentencia de conformidad, siendo por tanto necesario el dictado de un fallo por parte del tribunal, como ahora se ha hecho.

Las penas impuestas se han ajustado a las circunstancias personales del implicado y a la gravedad de los hechos, considerándose además la gravedad de la existencia de ese vínculo familiar entre autor y víctimas, a lo que se suma que todos los sobrinos eran menores de edad.

Delitos cometidos y años de prisión

Las condenas han sido dictadas por la comisión de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con acceso carnal (10 años), otro de conminación a un menor de 16 años a presenciar actos de carácter sexual (2 años), además de 4 delitos de agresión sexual a menor de 16 años sin acceso carnal (dos penas de 5 años, otra de 2 y una última de 6).

A estas penas de cárcel se añaden medidas de alejamiento tanto en aproximación como en comunicación, así como libertad vigilada.

Además, se han contemplado indemnizaciones por daños morales causados y se le condena al pago de las costas procesales.

Lágrimas y sin usar su derecho a la última palabra

El ahora condenado, que requiere de unas muletas para poder desplazarse y fue conducido al juicio por la Policía Nacional, no hizo uso en la vista oral del derecho a la última palabra.

Únicamente rompió a llorar hasta derrumbarse, asumiendo antes haber abusado de sus propios sobrinos respondiendo a cada una de las preguntas que, sobre este asunto, le formulaba la Acusación tanto Pública como Particular.

Lo grave de esta historia es que el implicado, de bastantes años, aprovechaba esa relación familiar con los pequeños para cometer estos actos, instándoles a no decir absolutamente nada de lo que pasaba.

Durante esos años en los que se cometieron estos actos, el implicado aprovechó la intimidad del hogar, aunque también cometió agresiones en otros espacios, llevándose a uno de los niños a pescar.

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