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La Ciudad respalda el Real Decreto-ley de acogida de menores

El Ejecutivo local valora que incluya el traslado de menores a otras autonomías y la financiación en caso de contingencia migratoria extraordinaria | Mientras se ejecuta la norma, Ceuta pide al Estado que cubra el déficit actual en su presupuesto

Tras la lectura del Real Decreto-ley aprobado este martes por el Consejo de Ministros, a través del que se establecen medidas urgentes en relación con la acogida de menores inmigrantes no acompañados, el Gobierno de la Ciudad de Ceuta manifiesta su respaldo a dicho Real Decreto-ley.

El Ejecutivo que preside Juan Vivas apoya estas medidas, en primer lugar, porque confirma la protección del interés superior del menor como una obligación inexcusable de las Administraciones Públicas.

A juicio del Gobierno autonómico, ofrece una solución eficaz para dar respuesta a las situaciones de sobreocupación y colapso que, en relación con la acogida de menores extranjeros solos, puedan darse en cualquier comunidad o ciudad autónoma, como es el caso de Ceuta.

En consecuencia, entiende la Ciudad, atiende la petición de auxilio y socorro que, desde el mes de agosto del pasado año, el Ejecutivo local viene realizando de manera constante e insistente.

En cualquier caso, la institución que encabeza Vivas considera oportuno reiterar que la situación de Ceuta es absolutamente insostenible, según acreditan, de manera irrefutable, los datos de nuestra ciudad:

  • La sobreocupación de Ceuta multiplica por 20 la media nacional.
  • La capacidad de acogida se encuentra excedida en un 400%.
  • El 80% de los menores están acogidos en recursos provisionales y de emergencia.

Traslado y financiación

El respaldo a la referida norma también se basa en que este Real Decreto-ley contempla, entre otras disposiciones, los requisitos que deben cumplirse para que, en un determinado territorio, se produzca una contingencia migratoria extraordinaria, así como la figura del traslado entre comunidades y ciudades autónomas como el mecanismo necesario para socorrer, de manera ágil y ordenada, dichas contingencias, contando para ello con la correspondiente financiación por parte de la Administración General del Estado.

Cobertura del Estado al déficit actual déficit en el presupuesto

Al margen de lo expuesto, el Gobierno de Ceuta insiste en la necesidad de que la Administración General del Estado de cobertura al déficit que la situación actual genera en el presupuesto de la Ciudad, hasta tanto se ejecute el citado Real Decreto-ley.

Los criterios para declarar la situación de contingencia migratoria extraordinaria deberán aprobarse en la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia en un plazo máximo de tres meses, antes del 20 de junio.

No obstante, si no se consigue la unanimidad de las comunidades en la Sectorial, estos criterio se regularán conforme establece el Real-Decreto Ley aprobado este martes por el Consejo de Ministros, que reforma el artículo 35 de la Ley de Extranjería y que entra en vigor este jueves tras publicarse hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tal y como informa Europa Press.

La norma que, en todo caso deberá ser convalidada por el Parlamento, establece un reparto obligatorio de menores migrantes no acompañados desde Canarias, Ceuta y Melilla al resto de España.

En un documento de 15 páginas, el denominado Real Decreto-ley de medidas urgentes para garantizar el interés superior de la infancia y la adolescencia, se recoge un nuevo artículo 35 que establece criterios para la distribución de menores, como la población, la renta per cápita, la tasa de paro, el esfuerzo realizado anteriormente, el número de plazas para la acogida o la condición de ciudad fronteriza o de insularidad.

Si bien, según explicó este martes el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, estos criterios pueden ser modificados por la Conferencia Sectorial de Infancia y de Adolescencia.

Los criterios se impondrán si no llegan a un acuerdo antes del 20 de junio

En este sentido, el real decreto-ley refleja en la disposición adicional primera que "los criterios de aplicación del Plan de respuesta solidaria ante la situación de contingencia migratoria extraordinaria para la infancia y adolescencia migrante no acompañada deberán aprobarse en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley".

Por otro lado, la disposición adicional segunda revela que las reubicaciones de personas menores de edad extranjeras no acompañadas que en la actualidad se encuentran en territorios con sobreocupación, como Canarias y Ceuta, deberán llevarse a cabo dentro del plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la norma, es decir, el 20 de marzo de 2026.

Para futura reubicaciones por sobreocupación, el decreto fija un plazo de 15 días naturales a contar desde la inscripción del menor en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados para el traslado a la comunidad o ciudad autónoma de destino.

Igualmente, el Gobierno explica en el real decreto-ley que, en principio, en situaciones que no sean de contingencia migratoria extraordinaria, "resulta necesario que las comunidades y ciudades autónomas, en tanto que competentes para las actuaciones de atención e integración social de las personas menores de edad extranjeras no acompañadas, den la conformidad al reparto, como ha ocurrido ya en los acuerdos de 30 de septiembre de 2022, antes referidos".

"La explicación explícita y razonada de este real decreto-ley se encuentra en la propia situación de contingencia migratoria extraordinaria de la protección del interés superior de la infancia y adolescencia migrante no acompañada, que se caracteriza por la situación de entrada en gran número de personas menores de edad extranjeras no acompañadas en España evitando el control de entrada fronterizo", argumenta.

Además, el Ejecutivo indica que esta contingencia extraordinaria genera una "necesidad urgente" de protección de las personas menores de edad extranjeras no acompañadas por todas las Administraciones competentes, "que no puede ser atendida únicamente por los servicios ordinarios reforzados de la comunidad o ciudad autónoma de entrada".

En cuanto a cuando se declarará la situación de contingencia migratoria extraordinaria, esta se dará en aquellas comunidades o ciudades autónomas cuyo sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas exceda en ocupación tres veces su capacidad ordinaria.

Las autonomías deberán dar sus datos de acogida antes de abril

Asimismo, según avanzó este martes el ministro Torres, la capacidad de acogida de cada comunidad autónoma se obtendrá de dividir la población total de cada una a 31 de diciembre del año anterior, por el cociente resultante de dividir la población total de España entre el número máximo de personas menores de edad extranjeras no acompañadas atendidas por el conjunto del sistema de protección español, según los datos que envíen las comunidades hasta el 31 de marzo de 2025, y previa inscripción en el registro de menores y certificación del Ministerio de Juventud e Infancia.

Para años sucesivos, esta capacidad máxima se aprobará anualmente y las Ciudades y comunidades autónomas deberán remitir a la persona titular de la Presidencia de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia antes del 15 de enero la certificación del titular de la Consejería competente del número máximo de personas menores de edad extranjeras no acompañadas atendidas por su sistema de protección.

El Gobierno también ha garantizado en las disposiciones adicionales del decreto la suficiencia financiera con un fondo adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia, para el que se contará en 2025 con un crédito extraordinario de 100 millones de euros.

La aprobación de este Real Decreto llega tras haber alcanzado el Gobierno un acuerdo con Junts para que la iniciativa pueda salir adelante en la Cámara Baja. De hecho, los de Carles Puigdemont han cambiado su postura en esta cuestión después de pactar con el PSOE el traspaso de la delegación de competencias de inmigración a Cataluña.

 

Ver comentarios

  • El Partido Petitoria " encabezado por Vivas, es una auténtica estafa para sus votantes.
    Pacta con el diablo si hace falta, sin tener un mínimo de dignidad y lealtad a las siglas.
    Si tanto quieres a Ceuta, y Ceuta te quiere a ti, vete del PP, y funda un partido!!
    Pero no engañes más a los votantes. del PP

  • Que sean insolidarios contigo no quiere decir que tu lo seas con los demás.

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