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¿Vives realmente donde dices? Ceuta inicia nuevas bajas en el padrón

Los afectados pierden las bonificaciones por residencia, el acceso a servicios locales, el derecho al voto en el municipio o cualquier otro beneficio derivado de la residencia en la ciudad autónoma

La Ciudad Autónoma de Ceuta continúa su procedimiento administrativo para garantizar la veracidad de su padrón de habitantes, centrando sus esfuerzos en detectar casos de inscripción indebida y proceder a sus bajas.

Según el anuncio publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Negociado de Estadística, dependiente de la Consejería de Presidencia y Gobernación, está instruyendo expedientes de baja definitiva de oficio para ciudadanos cuya residencia y vecindad no ha quedado probadas tras las inspecciones pertinentes.

Al no haber sido posible la notificación personal, la administración ha recurrido al BOE para emplazar a los interesados a personarse en el Palacio de la Asamblea; de lo contrario, se procederá a su eliminación automática del registro municipal, perdiendo con ello los derechos vinculados al empadronamiento en Ceuta.

El proceso de baja de oficio: ¿por qué ocurre?

La Administración tiene la potestad y la obligación de mantener actualizado el padrón municipal, que es el registro que acredita la residencia y la vecindad de los ciudadanos.

Cuando los servicios de inspección detectan que una persona no reside habitualmente en el domicilio en el que está inscrita, se inicia un expediente de baja por inscripción indebida.

En los casos publicados este martes en el BOE, la Ciudad de Ceuta ya ha practicado el preceptivo trámite de audiencia, conforme a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

Sin embargo, el resultado de dicho trámite ha concluido en lo relativo a “no quedar probada la permanencia en el domicilio”. Esto significa que, legalmente, estas personas han dejado de ser consideradas "vecinos" de la ciudad a efectos administrativos.

La notificación en el BOE como último recurso

Un aspecto clave de esta noticia es que la publicación en el BOE se produce tras haber resultado fallido el intento de notificación personal a los interesados. La ley establece que, cuando no se puede localizar al ciudadano en su domicilio para entregarle una resolución, la publicación oficial suple esta comunicación y activa los plazos legales.

El anuncio, firmado por el consejero de Presidencia y Gobernación, Alberto Gaitán, advierte que este es el último paso antes de que la baja sea definitiva.

Plazos críticos: 15 días para actuar

Los ciudadanos incluidos en esta lista (o sus representantes debidamente acreditados), que puede consultar aquí, disponen de un margen de maniobra muy estrecho para defender su permanencia en el censo de Ceuta:

  • Plazo de comparecencia: 15 días naturales.
  • Inicio del cómputo: el plazo empieza a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE.
  • Lugar: deben acudir al Negociado de Estadística, ubicado en el Palacio de la Asamblea (s/n).

El objetivo de esta comparecencia es que los interesados tengan conocimiento y constancia del contenido íntegro del expediente y puedan, si así lo consideran, interponer el recurso que en derecho proceda para evitar la baja.

Consecuencias de la incomparecencia

Si el interesado no se presenta en el Palacio de la Asamblea dentro de los 15 días estipulados, la administración aplica un apercibimiento claro: la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales al día siguiente del vencimiento del plazo.

Una vez cumplido este punto, la Ciudad de Ceuta procederá de forma irreversible a dar la baja definitiva por inscripción indebida. Esto no es solo un trámite burocrático; estar de baja en el padrón implica la imposibilidad de acceder a bonificaciones por residencia, servicios locales, el derecho al voto en el municipio o cualquier otro beneficio vinculado a la condición de residente en Ceuta.

Marco legal y competencias

Este procedimiento se ajusta estrictamente al artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y a los artículos 42, 46 y 82 de la Ley 39/2015.

La gestión del Padrón es una de las competencias fundamentales del municipio.

En una ciudad con las características geográficas y fiscales de Ceuta, el control de la residencia efectiva es vital para el correcto reparto de recursos públicos y el equilibrio presupuestario.

Puede consultar el listado completo de afectados que el BOE publica este martes.

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