El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) que obliga a las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla a cumplir esta orden con las restricciones al ocio nocturno y la hostelería hasta que la ministra de Sanidad "apruebe la finalización de su vigencia". Esta medida, que ya ha entrado en vigor, establece que el horario de cierre de los establecimientos de ocio nocturno y discotecas será como máximo a las 2:00 horas, pudiendo ampliarse hasta las 3:00 horas.
A pesar del mandato por parte de Sanidad, que la propia ministra comunicó ayer viernes, la Ciudad Autónoma ha detallado que aún no será de aplicación en Ceuta puesto que la Consejería del ramo, que dirige Alberto Gaitán, quiere analizar en profundidad la orden publicada este sábado en el BOE. En cualquier caso, el Gobierno autonómico tendría que modificar el decreto vigente de medidas contra el coronavirus puesto que limita el horario de apertura de los locales de ocio nocturno a las 00:30 horas (hasta la 1:00 horas en viernes, sábado y vísperas de festivos).
Los datos cifran la Incidencia Acumulada de coronavirus por cada cien mil habitantes en 39,19 este sábado. Un cifra baja y que mantiene el nivel de riesgo bajo, pero que se dispara en Ceuta si se tienen en cuenta los casos importados en la crisis migratoria abierta en mayo que eleva el número a 148,45. De contabilizarse estos contagios, la Ciudad Autónoma tendría que endurecer de nuevo las restricciones por sectores, uno de ellos el hostelero, ya castigado por las limitaciones del estado de alarma. Además, el Servicio de Medicina Preventiva de Ingesa en Ceuta ha alertado del posible rebrote por interacción con los inmigrantes llegados de Marruecos hace una veintena de días.
En la orden, recurrible en reposición ante la propia ministra o ante lo contencioso de la Audiencia Nacional, el Ministerio recuerda el carácter obligatorio de las mismas: "La presente declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía, con independencia del sentido de su voto".
"La declaración de actuaciones coordinadas producirá efectos desde su notificación a las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía, y hasta que se apruebe por la Ministra de Sanidad la finalización de su vigencia, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía" resalta la orden.
Por lo demás, las actuaciones coordinadas son las mismas acordadas en el Interterritorial con el voto en contra de Madrid, Galicia, Murcia, Andalucía y Cataluña y la abstención de Castilla y León. Euskadi ni siquiera participó en el debate.
De esta forma, desde ayer mismo, el ocio nocturno puede reabrir hasta las 2:00 horas, ampliable a las 3:00, en las comunidades que estén fuera del nivel riesgo o en el nivel de alerta 1, que hoy por hoy son Galicia, Cantabria, Navarra, Extremadura, Comunidad Valenciana, Murcia, Baleares y Canarias. El resto, salvo Euskadi y La Rioja, que están en el 3, se sitúan en el nivel 2 de alerta.
El consumo de bebidas y alimentos en estos locales, tanto en interiores como exteriores, se hará sentado, con una separación entre las sillas de distintas mesas de al menos 1,5 metros.
No podrán superar el 50 por ciento de aforo en el interior; las terrazas al aire libre podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas, que solo podrán estar ocupadas por un máximo de 6 personas en lugares cerrados y 10 en el exterior.
Si el territorio llegara al nivel de alerta 2, la comunidad podrá valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el semáforo de Sanidad, que reduce el aforo a un tercio.
Respecto a la hostelería, si el territorio está fuera de los niveles de riesgo, se permitirá la mitad del aforo en el interior, pudiéndose incrementar en un 10 por ciento si se aplican medidas que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.
En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas separadas por 1,5 metros y ocupadas al máximo por 6 personas en interior y 10 en exterior. Se permite el servicio y consumo en barra.
Como máximo estarán abiertos hasta la 1 y dejarán de servir a las 24:00 horas.
Y en los eventos multitudinarios, se aplicarán las medidas de control de riesgos propuestas en el denominado semáforo de Sanidad, que van de la prohibición de comer, beber y fumar en las zonas destinadas al público al uso obligatorio de mascarilla.
Las comunidades están obligadas desde este viernes a implementar la campaña de vacunación siguiendo la estrategia de vacunación aprobada por la Comisión de Salud Pública a propuesta de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones.
Además, deberán prohibir fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros, incluyendo cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.
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