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CCOO exige que la indemnización por residencia "sea igual para todos"

El sindicato tampoco ve lógico que las indemnizaciones por trienios "sea diferente" ya que "tres años en Ceuta deben de ser iguales para todos"

CCOO ha insistido en varias ocasiones en revisar el Plus de residencia. En este caso, han querido puntualizar en un punto concreto y relevante como se trata de la equiparación de la cuantía correspondiente al concepto de indemnización por residencia entre todas las categorías y grupos profesionales.

Teniendo en cuenta que esta indemnización viene condicionada por las características especiales de ciudad fronteriza, insularidad y condiciones económicas singulares que “nos afectan a todos de la misma medida”.

“No vemos la razón por la que tiene que haber diferencias entre grupos y categorías en esta indemnización al igual que tampoco vemos ninguna razón que nos lleve a pensar que debe de ser diferente la indemnización por trienios ya que tres años en Ceuta deben de ser iguales para todas las personas trabajadoras”, han señalado el sindicato en una nota de prensa remitida a los medios de comunicación.

“Todas las personas residentes en Ceuta hacemos frente a los mismos precios tanto en alimentación, vivienda, transporte, etc. No nos diferencia a la hora de hacer frente a esas condiciones especiales las categorías ni los grupos profesionales. Por lo tanto no debería haber tampoco diferencias en las cuantías de esas indemnizaciones. Teniendo en cuenta que las diferencias por razón de categorías o grupos profesionales, al igual que por responsabilidad ya vienen establecidas en las retribuciones básicas”, ha proseguido.

En definitiva, desde CCOO se ha solicitado que se lleven a cabo las acciones necesarias para conseguir esta reivindicación.

En lo que respecta al sector privado, el sindicato exige una “fórmula legal” para que el pago de este plus sea “obligatorio” y se acabe “de una vez con la discriminación existente entre trabajadores de una y otra empresa”.

El sindicato, añade, que este problema existe principalmente en empresas que cuentan con “convenios de ámbito estatal o de empresa” que no recogen la obligatoriedad del pago de este concepto, por lo que no lo abonan a sus plantillas.

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