GRA300. BARCELONA, 21/10/2017.- El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont (c), en la manifestación convocada por la Mesa por la Democracia para pedir la libertad de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, después que el Gobierno haya anunciado que propondrá al Senado su destitución y la de todos los consellers. EFE/Toni Albir
El Consejo de Ministros ha acordado tener por no atendido el requerimiento remitido al presidente de la Generalitat de Cataluña, en aplicación del art. 155CE. Ni ha aclarado si se ha proclamado la independencia de Cataluña, ni ha aceptado cesar sus actuaciones en contra de la legalidad constitucional y estatutaria. Por ello, el Consejo de Ministros ha acordado asimismo continuar este procedimiento y proponer al Senado la adopción de una serie de medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y la protección del interés general.
Se aplica, así, el artículo 155CE, que la jurisprudencia constitucional establece como una garantía del Estado, para el control excepcional de las Comunidades Autónomas, en defensa de dicho interés general.
Este artículo configura un doble presupuesto de hecho posible para su aplicación: que la Comunidad Autónoma no cumpla las obligaciones constitucionales y legales, y que actúe de forma que atente gravemente al interés general de España.
En el caso de Cataluña concurren ambos supuestos. Los gobernantes de Cataluña no han respetado, ni la legalidad sobre la que se asistenta nuestra democracia, ni el interés general al que nuestras leyes responden.
Es necesario responder, con una serie de medidas, a la gravedad de las actuaciones de los gobernantes de Cataluña, pero con proporcionalidad a las acciones llevadas a cabo en el marco del “proceso secesionista”, así como con carácter transitorio, por cuanto se limitan a un plazo, y gradual, ya que se prevé su adaptación al escenario descrito.
Estas medidas persiguen, en todo caso, garantizar el funcionamiento del autogobierno en el marco de los principios y normas a los que debe responder, fijados en la Constitución española y en el Estatuto de Cataluña, como elementos fundacionales de la propia autonomía catalana. Preservar ese autogobierno, es proteger la autonomía.
Persiguen, en definitiva, asegurar derechos y no restringir libertades, y respondiendo en todo caso a cuatro grandes objetivos: restaurar la legalidad constitucional y estatutaria, asegurar la neutralidad institucional, mantener los servicios públicos y el crecimiento económico, y asegurar los derechos y libertades de todos los catalanes.
Para ello, se remiten al Senado, para su aprobación, las siguientes medidas principales:
Como consecuencia de ello, y de forma específica, se plantean las siguientes medidas:
Por último, las medidas propuestas por el Gobierno se mantendrán vigentes y serán de aplicación hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno de la Generalitat, que resulte de la celebración de las elecciones convocadas al efecto.
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