La reforma que permitirá a miles de profesionales integrados en mutualidades alternativas trasladar sus derechos económicos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), también de Ceuta, vuelve a dar un giro inesperado.
El Senado debatirá este jueves una nueva versión de la norma que introduce cambios importantes respecto al texto aprobado hace apenas unas semanas en el Congreso y que, de salir adelante, volverá a dejar fuera a los mutualistas que ya están jubilados.
La modificación llega después de que el Partido Popular registrara varias enmiendas que alteran algunos de los aspectos más relevantes de la futura ley. Entre ellos destaca la recuperación de una de las principales limitaciones que figuraban en la propuesta inicial del Gobierno: impedir que los profesionales que ya cobran una pensión de su mutualidad puedan acogerse a la denominada pasarela al RETA.
La decisión supone un cambio de criterio respecto a la posición que el propio PP había mantenido durante la tramitación de la norma en el Congreso.
Cuando la proposición de ley llegó al Congreso, el texto impulsado por el PSOE limitaba el acceso a la pasarela únicamente a los profesionales que seguían en activo y que no habían alcanzado los quince años mínimos de cotización exigidos para generar una pensión pública.
Sin embargo, durante la tramitación parlamentaria, el PP presentó una enmienda que amplió el alcance de la medida e incluyó también a los mutualistas ya jubilados, permitiendo que este colectivo pudiera transferir sus derechos económicos al sistema público de la Seguridad Social.
Aquella modificación abría la puerta a que muchos pensionistas, especialmente profesionales como abogados, médicos, arquitectos o procuradores, pudieran mejorar unas prestaciones que, en muchos casos, oscilan entre 300 y 700 euros mensuales.
Ahora, apenas unas semanas después, esa posibilidad vuelve a desaparecer.
Las nuevas enmiendas establecen que no podrán acogerse a la pasarela quienes ya tengan la condición de pensionistas, ya sea de la Seguridad Social o de la propia mutualidad alternativa. La única excepción prevista corresponde a quienes perciban una pensión de viudedad.
Las modificaciones planteadas por el PP no afectan únicamente a los jubilados.
El texto también introduce novedades sobre la forma en la que se convertirán las aportaciones realizadas durante años a las mutualidades en períodos de cotización dentro del RETA.
Según la propuesta registrada en el Senado, las cantidades aportadas no se transformarán automáticamente en meses completos cotizados, sino que se aplicará un coeficiente corrector situado entre el 0,67 y el 0,87, teniendo en cuenta determinadas contingencias que no estaban cubiertas por las mutualidades alternativas.
En la práctica, esto significa que cada euro aportado no equivaldrá necesariamente al mismo tiempo cotizado dentro de la Seguridad Social, sino que será objeto de un cálculo específico.
La propuesta mantiene, no obstante, algunas excepciones para determinados colectivos.
Por un lado, podrán computar cada mes cotizado en la mutualidad como un mes completo dentro del RETA aquellos profesionales que tengan 52 años o más a 31 de diciembre de 2026.
También conservarán ese tratamiento quienes iniciaron su actividad profesional antes del 10 de noviembre de 1995, una etapa en la que la afiliación a las mutualidades alternativas tenía carácter obligatorio para muchos profesionales.
Estas excepciones buscan suavizar el impacto de la reforma sobre quienes se encuentran más próximos a la jubilación o desarrollaron gran parte de su carrera profesional bajo el sistema anterior.
Otro de los cambios incorporados afecta al momento en el que se realizará el traspaso efectivo de los fondos.
Las enmiendas mantienen que el derecho a la transferencia será obligatorio e irreversible, pero especifican que el dinero no pasará a la Seguridad Social inmediatamente.
Los fondos permanecerán en las mutualidades hasta que el profesional genere alguna de las prestaciones previstas, como la jubilación, el fallecimiento o una incapacidad permanente.
Además, el texto conserva el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la ley para que el Gobierno apruebe el reglamento que desarrollará todos los aspectos técnicos de este procedimiento.
La reforma todavía no está definitivamente aprobada.
Al haber introducido modificaciones respecto al texto que salió del Congreso, la iniciativa legislativa deberá regresar de nuevo a la Cámara Baja una vez concluya su tramitación en el Senado.
Serán los diputados quienes decidan finalmente si mantienen las enmiendas incorporadas por el Senado o si recuperan la redacción anterior.
Mientras tanto, miles de profesionales pendientes de esta reforma continúan sin conocer cuál será finalmente el alcance de una medida que pretende facilitar la integración de los mutualistas alternativos en el sistema público de pensiones, pero cuyo contenido sigue cambiando durante su recorrido parlamentario.
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