La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar cartas informativas a los mutualistas, también de Ceuta, en las que se les indica que deberán volver a presentar la solicitud de devolución del IRPF correspondiente a las cotizaciones realizadas a las mutualidades laborales entre 1967 y 1978, así como los años anteriores que no estén prescritos. Este requerimiento afecta incluso a quienes ya habían tramitado la devolución anteriormente, ya que esas solicitudes previas quedarán sin efecto.
El motivo de esta medida es un cambio normativo reciente aprobado por el Congreso, que establece un nuevo sistema de tramitación más ágil. Según la Agencia Tributaria, este sistema permitirá que el pago de las devoluciones se realice de manera única durante 2025, eliminando el antiguo método de abonos fraccionados que podía prolongarse hasta 2028. De esta forma, los beneficiarios podrán recibir la cantidad íntegra de una sola vez, sin tener que esperar años para completar el proceso.
¿Cómo hacerlo?
Para poder cobrar estas devoluciones, los mutualistas deberán acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y aportar su número de referencia, certificado electrónico o usuario Cl@ve, junto con los datos bancarios y un teléfono de contacto. La medida también contempla que los herederos de mutualistas fallecidos puedan solicitar estas devoluciones, garantizando que los pagos lleguen a los beneficiarios correspondientes.
Este ajuste en el procedimiento responde a las demandas de pensionistas y sindicatos, que reclamaban mayor rapidez en la tramitación y el fin de los abonos fraccionados. El objetivo es que los mayores puedan recibir la devolución completa sin retrasos y con un procedimiento más sencillo.
En definitiva, todos los mutualistas deberán realizar la solicitud nuevamente, ya que las solicitudes anteriores han quedado invalidadas por el cambio normativo. El pago único está programado para este mismo año, lo que supone un alivio para quienes estaban pendientes de estas devoluciones desde hace décadas.