El Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha tenido que encargar de recordarle al comisario europeo y exministro del PP, Miguel Arias Cañete, que Hacienda le ha ganado la batalla en su pelea por reclamar 15.451 euros por el IRPF del año 2011.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso administrativo interpuesto por la Defensa de Cañete contra la resolución del Tribunal Económico de Madrid, que vino a desestimar la reclamación deducida contra esa liquidación provisional.
La raíz de todo este asunto tiene que ver, y mucho, con Ceuta, ya que con el ánimo de ahorrarse ese dinero se habían presentado gastos en la ciudad que no son reconocidos como tales por Hacienda, con motivo de la sede de la petrolera Dúcar, a la que Cañete prestaba servicios profesionales.
Por acuerdo de 20 de febrero de 2013, la Agencia Tributaria dispuso el inicio de un procedimiento de comprobación limitada en relación al IRPF, ejercicio 2011, requiriendo al exministro que aportara documentación que pudiera justificar la deducción por rendimientos obtenidos en Ceuta.
Según esas comprobaciones, tal y como recoge la sentencia del TSJM, “no se prueba que la actividad profesional la ejerciera en Ceuta, pues aunque el destinatario de los servicios profesionales tenga su sede en esa ciudad y se hayan realizado desplazamientos, no queda probado que el asesoramiento general, diario y personal se haya hecho en Ceuta”.
Al comisario europeo se le analizó lo que, rutinariamente, se hace con muchísimos profesionales que reclaman deducciones por trabajos en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Arias Cañete presentó certificados para verificar que prestó sus servicios profesionales a Dúcar, que comportaban la necesidad de ser realizados efectivamente en Ceuta. En la sentencia se recoge que “la documentación prueba la prestación de servicios”, pero que “sin embargo el interesado tiene su despacho en Jerez y, por consiguiente, no es razonable pensar que el 100% de los trabajos realizados para la prestación de los referidos servicios se llevaran a cabo desde Ceuta sin intervención alguna de los medios materiales y personales que tienen su sede en Jerez”.
“No aparece en el expediente”, añade, “ni un contrato de servicios profesionales, ni una factura que permita determinar con certeza que parte de los servicios se consideran efectivamente prestados en Ceuta”
¿Cómo quiso acreditar el exministro sus servicios? Con dos certificaciones firmadas por el presidente del Puerto, en junio de 2013, y por la consejera de Fomento, de agosto de 2013.
En la primera, se verificó las “negociaciones, gestiones y propuestas” realizadas por Cañete en la sede portuaria, “dirigidas a desarrollar las posibilidades de ampliación de la sede de Dúcar en el puerto”. En la segunda, se alude al estudio de las posibilidades de traslado de esa instalación.
En la sentencia se recoge que, no obstante, “no se ha aportado ningún contrato en el que consten los concretos servicios que debía prestar a Dúcar ni las condiciones o plazos de realización, ni si tenían que ser necesariamente en Ceuta”.
Son certificaciones sin especificaciones relevantes, sin fechas concretas de reuniones a pesar de tener carácter oficial, “a pesar de desarrollarse en las sedes de la Presidencia de la Ciudad y de la Autoridad Portuaria”.
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