La Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de su Consejería de Presidencia y Gobernación, ha formalizado recientemente una serie de bajas definitivas en su padrón municipal de habitantes tras confirmarse la caducidad legal de las inscripciones de diversos residentes.
Esta medida, publicada de forma oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE), responde a un procedimiento administrativo estandarizado que busca mantener la veracidad de los datos demográficos de la ciudad.
El decreto, firmado por el consejero Alberto Gaitán, afecta a personas que, a pesar de los avisos previos, no procedieron a la renovación periódica obligatoria de sus datos censales.
El origen de este movimiento administrativo se encuentra en la gestión del denominado Error 111. Este código interno del Negociado de Estadística se refiere específicamente a la comunicación de la fecha de vencimiento de la inscripción de los Extranjeros No Comunitarios Sin Autorización de Residencia Permanente (ENCSARP).
Antes de llegar a la baja definitiva, la administración local sigue un protocolo riguroso:
La legislación española es muy clara respecto a los requisitos para mantener el alta en el censo municipal. Según la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local, el padrón es la prueba fehaciente de que una persona reside en un municipio, pero esta inscripción no es eterna para todos los colectivos.
En el caso de los extranjeros no comunitarios que carecen de residencia permanente, la normativa establece que la inscripción debe ser objeto de renovación periódica cada dos años.
Si el interesado no realiza este trámite de forma voluntaria, el transcurso de dicho plazo es causa suficiente para declarar la caducidad de la inscripción.
Un aspecto relevante de este procedimiento es que, una vez cumplido el plazo de dos años, la administración puede declarar la baja de oficio sin necesidad de audiencia previa al interesado.
La Ciudad Autónoma de Ceuta cuenta con plenas facultades legales para supervisar quién figura en sus listas. El Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales permite a la administración local comprobar la veracidad de los datos exigiendo documentos como la tarjeta de residencia o el título de ocupación de la vivienda.
Esta potestad de dar de baja a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos legales es fundamental para la coordinación con el Instituto Nacional de Estadística (INE). El objetivo es evitar inscripciones indebidas que puedan distorsionar las cifras oficiales de población, las cuales influyen directamente en la gestión de servicios públicos y presupuestos.
La resolución publicada en el BOE no solo incluye el listado de personas dadas de baja, sino que también detalla los mecanismos de defensa legal que asisten a los ciudadanos. Aunque este acto agota la vía administrativa, los afectados tienen varias opciones si consideran que la baja es errónea:
Este nuevo anuncio de notificación, fechado originalmente el 21 de mayo de 2026, sirve como recordatorio para la comunidad extranjera en Ceuta sobre la importancia de mantener actualizados sus datos y cumplir con los plazos de renovación para evitar complicaciones en su situación administrativa en España.
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