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El BOE da luz verde a más de 740.000 euros para subvenciones del Imserso

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado jueves, 6 de abril, publicó el extracto de la resolución del Imserso por la que se convoca la concesión de subvenciones a personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia residentes en las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla, durante el año 2023. También está previsto que en la modalidad de discapacidad y mayores puedan presentar solicitudes las ONGs que así lo deseen. El Imserso ha recordado que el plazo para las solicitudes de estas subvenciones terminará el lunes 8 de mayo, y habrá un mes para presentar las mismas. En lo que respecta al apartado económico de estas subvenciones para personas mayores, el BOE recoge que se concederán subvenciones por un valor total máximo de 743.730 euros en Ceuta, 200.000 euros más que en la convocatoria del año pasado. Las solicitudes pueden descargarse en la web del Imserso o recogerse en la Dirección Territorial del Imserso de Ceuta sin necesidad de cita previa., según ha indicado la Delegación del Gobierno en nota de prensa. Asimismo, la presentación de dichas solicitudes podrá hacerse en la sede electrónica (con certificado digital del solicitante), o en la Dirección Territorial del Imserso, necesariamente con cita previa, al revisarse e informarse sobre las mismas. Se recomienda, tal y como asegura el boletín, la presentación "tan pronto como sea posible", ya que el plazo de entrega es "improrrogable y no pueden aceptarse solicitudes fuera de dicho plazo". Finalmente, recuerdan que en años anteriores, "ante la falta de citas disponibles", algunas de las solicitudes tuvieron que enviarse a través de oficina de Correos con fecha de salida, pero "una vez recibidas se tramitaron igual, al haberse presentado dentro del periodo previsto". El Imserso es una de las entidades gestoras de la Seguridad Social de España responsable de la gestión de los servicios sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social, de las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, así como del ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de personas mayores y en materia de personas en situación de dependencia.

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