La Asociación Española de Profesionales de los Servicios Funerarios (AESPROF) ha puesto de manifiesto el papel fundamental que desarrolla este sector, destacando que debe ser considerado personal sanitario. “Somos conocedores de las dificultades logísticas y la escasez de dosis de la vacuna contra la COVID-19, y ante la negativa de las diferentes CCAA a incluirnos en el protocolo de vacunación como personal sanitario, queremos denunciar que la situación de nuestros asociados y a su vez, de todo el personal funerario a nivel nacional, es insostenible”, expone la entidad en un comunicado.
“Esto es debido al alto número de fallecidos que debemos manipular a diario, además del contacto directo con los familiares convivientes que, en muchos casos, están también contagiados, con dosis de carga viral normalmente muy alta. Es decir, el sector está exponiéndose al riesgo de contagio y en estos momentos, debido a no existir ninguna norma de actuación en los servicios infectados por SARS-COV-2, al contagio por contacto”, manifiesta la asociación.
En la primera ola de la pandemia, se prohibió velar a los fallecidos por COVID-19, evitando así la propagación del virus en los lugares como tanatorios, velatorios, domicilios particulares y hospitales y de culto iglesias y ceremonias civiles, “no así ahora con las nuevas restricciones, que siguen poniendo en riesgo a todo el sector funerario en los velatorios, centros donde la gente es incapaz, por nuestras costumbres, a mantener la distancia de seguridad, a excepción de la Comunidad Valenciana, que ya ha dado el primer paso en esta tercera ola”, añade.
Según la legislación actual y en base a los diferentes certificados de profesionalidad relacionados con el sector fúnebre, existen dos certificados de profesionalidad, donde se les incluye en el área sanitaria y en el área de servicios socioculturales y a la Comunidad:
Certificado profesional de Tanatopraxia (SANP0108, SAN491_3, RD 140/2011, de 4 de febrero), perteneciente a la familia sanitaria y los Certificados Profesionales de Operaciones en Servicios Funerarios (SSCI0412, SSC609_2, RD 1035/2011, del 15 de Julio) y Atención al cliente y organización de actos de protocolo en servicios funerarios (SSCI0312, SSC608_2 RD 1035/2011 del 15 de Julio), pertenecientes ambos a la familia de Servicios socioculturales y a la Comunidad.
“Es por ello que solicitamos públicamente al Ministerio de Sanidad, tras haberlo hecho de forma individual a cada una de las CCAA y ciudades con Estatutos de Autonomía, al igual que lo han hecho otras asociaciones del sector a nivel nacional y autonómico en incluso autoridades municipales (Los Barrios, Ilmo. Sr. Alconchel), que el sector funerario en su totalidad, sea considerado personal sanitario y se incluya dentro de los protocolos de vacunación, y se nos incluya en la fase 2 (‘Personal de primera línea en el ámbito sanitario y sociosanitario’) puesto que es en la línea en la que nos encontramos, a fin de evitar un colapso del sector por un contagio masivo (a día de hoy podemos estar entorno al 15% de bajas por COVID-19) y evitar a sí mismo, un acúmulo de cadáveres en las morgues y las funerarias españolas, por no poder atender la demanda, en este caso, no por cantidad de fallecidos a causa de la COVID-19, sino por carencia de personal cualificado”, concreta.
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