Cualquier persona, incluyendo algún vecino de Ceuta, puede hacer la solicitud de la prórroga de la ayuda por desempleo “siempre que no haya agotado la duración máxima legalmente prevista para cada tipo de subsidio y mantenga los requisitos exigidos en la solicitud”.
Para poder llevar a cabo el trámite, el interesado debe presentar una solicitud en un tiempo específico: “entre el día siguiente a la fecha de agotamiento del período semestral y los quince días siguientes a la fecha de vencimiento del período de pago de la última mensualidad, día quince o siguiente hábil del mes”.
Si este plazo ya ha transcurrido entonces el subsidio quedará prorrogado con efectos desde el día siguiente al de la solicitud. Si esto ocurre se descuenta de su duración “tantos días como hayan pasado desde el día siguiente al agotamiento del periodo semestral hasta la fecha de solicitud, ambos inclusive”.
Otro detalle a considerar en este caso para los solicitantes es que si sus ingresos o la suma de sus ingresos y los de las personas que forman su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen, no han superado en ningún mes, desde la solicitud del subsidio o reanudación o desde la última prórroga presentada, el 75 % del salario mínimo interprofesional”, entonces el trámite de la mencionada prórroga del subsidio lo puede hacer a través de Internet en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Sin embargo, esto lo podrá hacer bajo esta modalidad solo si dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve.
Aquellas personas que no cumplan con la condición anterior, entonces tendrán que acudir a su oficina de prestaciones para realizar la solicitud.
Es decir, “si no dispone de claves de acceso a Internet o en algún mes posterior a la solicitud del subsidio o de la reanudación o desde la última prórroga presentada, sus ingresos o la suma de sus ingresos y los de las personas que forman su unidad familiar, dividida por el número de sus miembros, incluido usted, han superado el citado importe, o han variado sus familiares a cargo”, tendrá que hacer la solicitud de manera presencial.
Es importante destacar que para esto deberá pedir cita previa a través de Internet o llamando por teléfono.
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