Asesinato del niño Mohamed: comparecencia para concretar la imputación

Tuvo lugar este martes en el juzgado, ahora hay un periodo para dar traslado a las partes, así como presentar escrito de acusación y defensa

El procedimiento seguido por el asesinato del niño Mohamed, ocurrido en diciembre de 2022 en Loma Colmenar, superó este martes un nuevo trámite judicial tras la celebración de una comparecencia en los juzgados de Ceuta en la que se concretó la imputación.

Las diligencias se han completado con la recepción de un informe forense sobre el estado del único detenido y acusado por estos hechos, el llamado Cristian B.P.

Ahora las partes representadas en el procedimiento tienen su plazo para formular escrito de acusación y de defensa, que puede ser el mismo que hasta la fecha o variar, de acuerdo con el contenido de ese informe forense.

De momento, hasta la fecha se sabe que tanto Fiscalía como Acusación Particular piden prisión permanente revisable, es decir, la mayor pena que recoge el Código Penal.

Informes y valoración psiquiátrica

Se abre ahora, tras esta comparecencia que tuvo lugar este martes en el Palacio de Justicia, un periodo para que las acusaciones se ratifiquen en sus escritos o se contemple alguna variación teniendo en cuenta la valoración psiquiátrica realizada al acusado.

Las claves de este caso se centrarán en dos asuntos: la tesis que mantuvo Cristian B.P. al indicar que la muerte del niño fue accidental, algo que choca con la investigación detallada y sin fisuras que hizo la Policía Nacional, y la capacidad mental que tiene para discernir las consecuencias y gravedad de los actos cometidos, lo que podría incidir en una eximente dada la valoración psiquiátrica que se ha hecho.

Cuatro años del crimen

Cumplida esta comparecencia, prevista en la Ley del Jurado, se sigue el trámite para, cumplimentados de nuevo los informes de las partes, iniciarse el procedimiento para la selección del Jurado y la celebración de juicio.

En diciembre de este año se cumplirán 4 años de este crimen. El acusado se enfrenta a delito de asesinato y agresión sexual.

La pena de prisión permanente revisable implica el cumplimiento íntegro de la privación de libertad durante un periodo de tiempo inicial que puede abarcar entre 25 y 35 años. Una vez cumplida esa parte de la condena es cuando puede ser revisada.

Cristian B.P., de 35 años, permanece preso preventivo en una cárcel de la Península desde su puesta a disposición del Juzgado número 6 tras su detención en un operativo desarrollado por la UDEV-Personas del Cuerpo Nacional de Policía.

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