Un soldado del Grupo Regulares número 54 de Ceuta con un daith piercing. Una sanción impuesta por falta leve argumentando que, por llevarlo, infringía las normas. Y, finalmente, una batalla judicial ganada a base de recurso ante el Tribunal Militar Territorial Segundo con sede en Sevilla.
Esta es la historia de un militar al que se le impusieron 2 días de arresto argumentando que había incurrido en una falta leve por descuido en el aseo personal e infracción de las normas que regulan la uniformidad, así como ostentar insignias, condecoraciones u otros distintivos militares o civiles sin estar autorizado para ello.
El demandante recurrió la resolución del coronel jefe de Regulares de enero de 2024 que agotó la vía administrativa al desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la resolución del capitán jefe de la compañía de diciembre de 2023 por la que le impuso sanción como autor de esa falta.
Ahora, el Tribunal Militar Territorial Segundo con sede en Sevilla ha estimado el recurso contencioso, anulando esa sanción. En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, solo se considera probado que el soldado destinado en Regulares llevaba puesto este tipo de pendiente en su oreja durante el horario laboral.
El daith piercing es un tipo de perforación que se realiza en la zona del cartílago interno y que se ha popularizado como posible tratamiento para la migraña.
Sin una motivación
El afectado formuló demanda en la que achacó a las resoluciones impugnadas vulneración del derecho de defensa, a la presunción de inocencia, posible desviación de poder y vulneración del principio de proporcionalidad. En sentencia se considera que se ha producido una falta de motivación reforzada para imponer la sanción de 2 días.
La resolución sancionadora expresa que la sanción se impuso teniendo en cuenta que el soldado de Regulares había incumplido la norma general que regula el aspecto físico del personal militar al portar un pendiente durante el horario laboral.
El incumplimiento de esta norma, se argumentó, podría causar daño físico al soldado, puesto que realizando cualquier tipo de actividad de instrucción en el campo de maniobras o incluso en el acuartelamiento se expone a que se enganche cualquier objeto y pueda ser motivo de dañar su nariz u oreja.
“Hemos de afirmar que la justificación de la sanción que se impone no cumple con lo previsto en el artículo 22.3 de la LORDFAS. No es suficiente con afirmar que se incumple una norma general reguladora de la policía personal y el aspecto físico del Personal Militar, sino que habría de concretarse qué concreto punto de esa normativa es el incumplido”, recoge el tribunal.
Disciplina militar
“La afirmación realizada no supone, de por sí, que se haya visto afectada la disciplina o las reglas esenciales que definen el comportamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas, ni se hace referencia a dicha afección en la argumentación posterior, donde motiva la sanción en una cuestión de seguridad física del propio soldado”, se añade en la sentencia.
“Cuando se exige la motivación de la sanción en el artículo 22.3 de la Ley Disciplinaria, se exige no cualquier motivación, sino la de haberse visto afectada la disciplina o las reglas esenciales de comportamiento, supone una motivación reforzada como consecuencia de la imposición de las más aflictiva de las sanciones posibles por falta leve. Esa motivación reforzada no ha existido”, considera.
El daith piercing nada ostentoso y cubierto con esparadrapo
La Abogacía del Estado expuso que la conducta que había quedado probada consistió en un manifiesto incumplimiento de las órdenes impartidas sobre la uniformidad, al portar un elemento no permitido de manera ostentosa y visible por parte del resto de los componentes de la unidad, sin estar autorizado, lo que afectaba directamente a la disciplina.
“Estamos de acuerdo en que la conducta probada es constitutiva de una falta leve prevista en la ley de Régimen Disciplinario. Dicha falta leve, como todas las conductas contempladas en dicha ley como ilícito disciplinario, atacan al bien jurídico de la disciplina contemplada en su aspecto general, además de poder verse afectados otros bienes jurídicos”, se expone, pero con una matización.
“Lo que se requiere para poder sancionar una falta leve con arresto disciplinario es un razonamiento de ser esa la sanción que procede por haberse producido una afectación especial a la disciplina, no como afirmación general”, aclara el Tribunal.
Dice el representante de la Abogacía del Estado que la conducta probada supone un manifiesto incumplimiento de las normas sobre uniformidad al "portar un elemento no permitido de manera ostentosa y visible por parte del resto de los componentes de la Unidad", pero esa afirmación no es compartida por el Tribunal ya que, por un lado, en la propia resolución sancionadora se afirma que el pendiente que portaba el soldado sancionado estaba cubierto con esparadrapo, con lo que se descarta que el pendiente se portara de manera ostentosa, y segundo, porque la visibilidad por parte del resto de los componentes de la Unidad no viene reflejada en el expediente.
Cuatro años sin llamarle la atención
“En definitiva”, mantiene el Tribunal, “no compartimos el parecer de la Abogacía del Estado al considerar que se ha dado estricto cumplimiento a cuanto señala el artículo 22.3 de la LORDFAS, pues no se ha realizado la motivación exigida”.
“No se entiende vulnerado el principio de proporcionalidad de las sanciones por haberse impuesta la sanción de dos días de arresto, pero sí la falta de motivación reforzada para imponer esa sanción y no otra determina la nulidad de la sanción impuesta”, reseña.
Las demás vulneraciones aludidas por el afectado no han sido tenidas en cuenta. El afectado llevaba 4 años con ese daith piercing en el cartílago de la oreja sin que se le hubiera llamado la atención en Regulares, ya que se conocía el motivo por el que lo llevaba.
No se estima que haya habido desviación de poder ni tampoco se vulneró el derecho a la presunción de inocencia.
Pues yo me quiero vestir de lagarterana para los desfiles y las guardias...
Un régimen disciplinario ambiguo en muchos aspectos que es campo abonado para aprovechar resquicios con los que poder cachondearse de las normas y de los que las cumplen.
Si "la norma dice esto pero yo hago lo que me da la gana públicamente" no se considera grave...
Se quiso hacer un sistema que evitara ciertos abusos que se cometieron en el pasado y lo que se ha conseguido es hacer un sistema a veces tan enrevesado que, en muchas ocasiones por pequeños detalles, es propicio para que algunos abogados consigan que malos profesionales campen a sus anchas.
Pues nada, a estudiar Derecho toca...
Se llama legalidad , aunque viendo los comentarios hay muchos que preferirían obviarla , hasta que le toca al hijo o hija de uno claro, ahí ya buscaremos al abogado y nos indignaremos
pavanacavalla, la legalidad es un arma de doble filo porque cuando una ley está mal hecha termina no cumpliendo su función o incluso fomentando cosas peores; ejemplos de leyes mal hechas o absurdas estamos viendo a diario.
Y no es cuestión de obviar las leyes sino hacerlas más coherentes y menos refugio de malas prácticas. Porque, si no me equivoco, los derechos de los okupas están por ley, nada más hay que ver el día a día, ¿entonces como está por ley es bueno? Digo yo que habrá que trabajar en modificar esa ley como muchas otras, aunque mientras tanto haya que comerse los resultados de una mala legislación.
El ejército que le gusta a Ayuso para sus defiles.
¡¡¡Esto es un p...cachondeo!!!
Entre los pantalones ajustados de la policía que se les marca el paquete, entre los tatuajes, entre las cejas definidas, entre las chulerías, ...esto va a parecer "La isla de las tentaciones".
Por favor, chaval: ¡No insultes la imagen de esos valientes, aguerridos y hombres que formaron Regulares!
Ya se esta consintiendo demasiadas cosas, al final, se tragarán todo.
Y a la G.Civil. cada vez se le exige mas y mas.
Han fallado tanto el Ejercito, por saber que lo llevaba y no se le ha informado bien, lo mismo es cosa de una pataleta de un Mando.
Como está el patio Como esto siga a sin al final me yemo que esto no sea un ejercito para la guerra